El Gobierno de Aragón y los sindicatos negocian los servicios mínimos para la huelga general

El Gobierno de Aragón y el comité de huelga compuesto por representantes de las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. han negociado este viernes los servicios mínimos de la Administración de la Comunidad autónoma durante la jornada de huelga general convocada para el próximo jueves día 29 de marzo, que afectará a la plantilla de la Administración aragonesa en los sectores de Administración General, Justicia, Educación y Sanidad.
Edificio Pignatelli, Sede Del Gobierno De Aragón
Edificio Pignatelli, Sede Del Gobierno De Aragón
EUROPA PRESS
Edificio Pignatelli, Sede Del Gobierno De Aragón

El Gobierno de Aragón y el comité de huelga compuesto por representantes de las organizaciones sindicales UGT y CC.OO. han negociado este viernes los servicios mínimos de la Administración de la Comunidad autónoma durante la jornada de huelga general convocada para el próximo jueves día 29 de marzo, que afectará a la plantilla de la Administración aragonesa en los sectores de Administración General, Justicia, Educación y Sanidad.

Se ha alcanzado acuerdo en todos los sectores excepto en el sanitario, para el que el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Ejecutivo autónomo determinará los servicios mínimos oportunos.

Los servicios mínimos garantizan la adecuada atención a los ciudadanos en las principales dependencias administrativas de la Comunidad autónoma de las tres provincias, así como el funcionamiento de los servicios en áreas como las de sanidad, educación o justicia, recuerda el Gobierno aragonés en un comunicado.

En el área de Sanidad, Bienestar Social y Familia los servicios mínimos contemplarán una dotación suficiente de personal en todos los hospitales, residencias y centros de atención, con el fin de garantizar la atención urgente de todos los ciudadanos, los tratamientos esenciales como la diálisis, quimioterapia, radioterapia y oxigenoterapia y el transporte urgente.

También, la donación de sangre de voluntarios, el suministro de componentes sanguíneos a los centros sanitarios públicos y privados, el suministro de tejidos y huesos a los centros sanitarios públicos y privados, el funcionamiento del sistema de alertas de salud pública y de la coordinación de trasplantes, y el visado urgente de recetas. EDUCACIÓN

Respecto a los servicios mínimos acordados en los centros públicos docentes de enseñanza no universitaria dependientes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en los centros escolares de Primaria, Secundaria y Régimen Especial los servicios mínimos prevén un director o un miembro del equipo directivo, un miembro del personal de servicios auxiliares (PSA) en instituto de educación secundaria (IES), un oficial de mantenimiento en colegios públicos, un cocinero en comedores escolares y un jefe de estudios o secretario en las secciones.

En los centros de profesores y recursos (CPR), equipos de orientación educativa y psicopedagógica (OEP) y centros públicos de educación de adultos, deberá haber un director o un miembro del equipo directivo; y en los Colegios Rurales Agrupados, un director o un miembro del equipo directivo.

En los Centros de Educación Especial, los servicios mínimos se han fijado en director o un miembro del equipo directivo, un ayudante técnico sanitario (ATS) por turno, dos auxiliares en educación especial por turno, un PSA y en el servicio de comedor un oficial primero de cocinero y un ayudante de cocina.

En las Escuelas Hogar, director o un miembro del equipo directivo, un maestro por turno, un cocinero por turno, un ayudante de cocina por turno y un PSA.

En el caso de las residencias, se ha acordado la presencia de jefe del centro, un profesor técnico por turno, un cocinero por turno, un PESD (limpieza) y un 1 PSA; mientras que en guarderías infantiles, director, dos técnicos de jardín de infancia, un PSA, un PESD y un cocinero.

Administración de justicia

Se consideran servicios esenciales en la Administración de Justicia las actuaciones de Registro Civil de carácter inaplazable; el registro de documentos; todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley, cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos; las medidas cautelares o provisionales; el servicio de guardia de juzgados, fiscalías e Instituto de Medicina Legal; los juicios orales del orden penal en causas con preso; y los servicios comunes de carácter urgente e inaplazable (registro y reparto, notificaciones y embargos).

Para la realización de estos servicios esenciales se han determinado los correspondientes servicios mínimos en el Tribunal Superior y Audiencias Provinciales, juzgados en servicio de guardia, órganos unipersonales, agrupaciones de juzgados de paz, unidades del Ministerio Fiscal e Instituto de Medicina Legal.

Decreto de servicios esenciales

Por otro lado, el Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión extraordinaria de este viernes el decreto por el que se establecen las normas para garantizar la prestación de servicios esenciales en distintas actividades gestionadas por empresas privadas.

Entre estos se incluyen el Centro de SOS-Aragón y atención al teléfono de emergencias 112; el transporte sanitario y de emergencia mediante helicóptero; el servicio de seguridad y mantenimiento de las instalaciones de los edificios judiciales y el servicio de alquiler de vehículo con conductor para el servicio de actos de comunicación judicial.

También el servicio de traducción e interpretación en órganos judiciales de la Comunidad autónoma de Aragón; los servicios públicos de comunicación audiovisual; la producción, transporte y distribución de energía eléctrica; la producción, almacenamiento, transporte y distribución de combustibles gaseosos y la producción, almacenamiento, transporte, distribución y suministro de combustibles y carburantes líquidos derivados del petróleo.

Asimismo, el servicio público de eliminación de residuos peligrosos; el transporte por carretera, el control de tráfico en la Estación Central de Autobuses de Zaragoza; los centros residenciales destinados a personas con autonomía o en situación de dependencia Centros de día; los transportes de usuarios a centros de día y de alumnos de educación especial y transporte de discapacitados físicos y psíquicos a los centros educativos u ocupacionales; el transporte de escolares y los centros de menores residenciales.

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