La Generalitat valenciana revoca oficialmente la distinción de Embajador de la Comunidad a Jaume Matas

El pleno del Consell valenciano ha aprobado este viernes revocar la distinción de Embajador de la Comunidad al expresidente balear y exministro Jaume Matas, según ha anunciado el vicepresidente y portavoz del Consell, José Císcar.

El pleno del Consell valenciano ha aprobado este viernes revocar la distinción de Embajador de la Comunidad al expresidente balear y exministro Jaume Matas, según ha anunciado el vicepresidente y portavoz del Consell, José Císcar.

El jefe de la Generalitat, Alberto Fabra, avanzó el pasado martes que se retiraría este título, tras la sentencia del tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma que condena a Matas a seis años de cárcel por un delito de fraude a la administración, un delito de falsedad en documento oficial, un delito de falsedad en documento mercantil, un delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación y un delito de tráfico de influencias agravado.

Este galardón lo entregó el Gobierno valenciano a Matas en diciembre de 2003. Se trata de la primera persona a la que se acordó conceder esta mención por sus "excelentes relaciones" con la Comunidad y su "impulso decisivo" al Plan Hidrológico Nacional (PHN) en su etapa de ministro de Medio Ambiente.

La Generalitat instituyó esta distinción para reconocer la labor de aquellas personas que "hayan contribuido notablemente al conocimiento, difusión y defensa de los intereses generales y peculiares de la Comunidad" por su "especial arraigo" a ella, la "identificación, exaltación y defensa" de sus valores o sus actuaciones y manifestaciones públicas.

No obstante, el decreto 247/2003 de 5 de diciembre del Consell, por el que se crea esta distinción honorífica, también establece en su artículo 5 que la distinción será retirada "cuando la conducta pública de las personalidades distinguidas sea manifiestamente contraria a los intereses generales o peculiares de la Comunidad Valenciana, así como cuando la persona condecorada sea condenada por un hecho delictivo, en virtud de sentencia firme", tal y como ha recordado Ciscar.

El vicepresidente valenciano ha destacado que el Consell "considera que los hechos probados y que se recogen en una sentencia penal condenatoria incurren en este supuesto", por lo que ha revocado la distinción.

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