La administración concursal no tiene constancia "oficial" de ofertas para la fábrica de Orejo

La administración concursal de GFB no tiene "constancia expresa" ni "comunicación oficial" de la existencia de ofertas para adquirir la fábrica de fibroyeso de Orejo.

La administración concursal de GFB no tiene "constancia expresa" ni "comunicación oficial" de la existencia de ofertas para adquirir la fábrica de fibroyeso de Orejo.

"No hay nada muy concreto, que sepamos; comentarios, pero tampoco es que haya algo tan claro como lo que ha habido en Fermacell".

Así lo ha informado este viernes a Europa Press uno de los administradores concursales, Juan Carlos Sánchez Girón, tras hacerse público este jueves el auto judicial que fija las pautas para la liquidación de GFB y el comunicado del grupo alemán Fermacell, el único que había presentado una oferta, en el que afirma que "no contempla" participar en la subasta pública, "la única opción disponible para nosotros", dados los "términos y condiciones propuestos".

En este sentido, Sánchez Girón ha matizado que Fermacell, del Grupo Xella, no ha presentado "legalmente" ninguna oferta porque el plazo para ello "ni siquiera se ha iniciado". "El plazo para presentar ofertas legalmente va a comenzar ahora, por lo tanto no la pueden retirar. Otra cosa será que no la presente ahora", ha explicado. El plazo, de diez días, se abrirá cuando el auto de la magistrada su publique en el periódico.

Al respecto ha abundado en que, si bien Fermacell presentó una oferta "hace tiempo" para adquirir la fábrica de Orejo por 14,5 millones de euros, la misma no tiene "ninguna validez" dentro del procedimiento concursal. "Y hay que ajustarse a la Ley Concursal", ha subrayado.

"Si dicen ahora (Fermacell) que no la van a presentar, habrá que creerlos, en principio. Pero cuando se abra y se cierre el plazo veremos si han presentado oferta o no; si ellos lo dicen, digo yo que será cierto", ha manifestado.

Sin embargo, ha observado que la compañía alemana ha optado por "hacer todo muy público", mientras que "igual hay alguien que hace todo lo contrario y sólo aparece cuando legalmente tenga que aparecer" porque no quiere presentar oferta hasta que no se abra el plazo. "Es difícil saber lo que estratégicamente conviene; a éstos es así y a otros igual es al contrario", ha apostillado.

"Si hay alguna oferta, mucho mejor, pero sinceramente no lo sé", ha concluido. AUTO

La titular del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Santander ha dictado este jueves el auto por el que se aprueba el modo en que debe ser liquidada la compañía GFB, en situación de concurso de acreedores desde abril de 2009.

En su auto, la magistrada establece que la primera opción que se plantea pasa por obtener un precio de venta que se aproxime en la mayor medida posible al valor de mercado que en el inventario se dio a dichos bienes, es decir, una oferta que supere los 37,5 millones de euros.

No obstante, los compradores que tengan interés por la compañía deben tener en cuenta que paralelamente a esta opción se abre la posibilidad de que se presenten ofertas de compra superiores a los 14,5 millones de euros con el compromiso de iniciar la actividad de la fábrica de fibroyeso.

Para garantizar ese compromiso, la juez establece en su auto la necesidad de aportar un aval de 5 millones de euros. Si algún comprador ofreciera otro tipo de garantía, será la titular del Juzgado de lo Mercantil la que deba autorizarlo.

De no conseguirse ningún comprador que responda a las dos opciones anteriores -que ofrezca más de 37,5 millones, o más de 14,5 millones con el compromiso de iniciar la actividad-, se procederá a la venta de la compañía por lotes: de un lado los inmuebles y, de otro, la maquinaria y el resto de bienes que deberían destinarse a la actividad.

En este sentido, la magistrada no ha autorizado que se pueda acumular la venta de los inmuebles y la maquinaria, tal y como propuso la administración concursal en su plan, ya que considera que la venta conjunta ya se contempla en las opciones ya mencionadas siempre y cuando se pague o el valor de la compañía o el comprador se comprometa a iniciar la actividad de la fábrica.

Además, en la resolución judicial hoy dictada, la magistrada advierte de que si las ofertas de compra de la maquinaria son inferiores al precio de su venta para chatarra se considerará esta opción.

El auto dictado este jueves también procede a abrir la sección de calificación, que tiene por objeto determinar si ha existido una actuación culpable o negligente que haya motivado la situación de insolvencia de GFB o que haya agravado la misma. Se depuran, de este modo, las posibles responsabilidades de la concursada, de sus administradores o de personas relacionadas con el concurso.

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