El juez desestima otro recurso de los Franco por las inspecciones en el pazo de Meirás

  • Desde marzo de 2010 el pazo de Meirás está abierto al público.
  • La familia Franco ha presentado varios recursos contra el decreto gallego.
  • El pazo de Meirás fue un regalo del pueblo gallego a Franco tras la Guerra Civil.
La llegada de los primeros visitantes al pazo de Meirás, con el busto de Francisco Franco, en la escalera de la entrada principal.
La llegada de los primeros visitantes al pazo de Meirás, con el busto de Francisco Franco, en la escalera de la entrada principal.
EFE
La llegada de los primeros visitantes al pazo de Meirás, con el busto de Francisco Franco, en la escalera de la entrada principal.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación presentado por Carmen Franco Polo, hija del dictador Francisco Franco, contra la resolución de la Consellería de Cultura de la Xunta de 23 de agosto de 2007 por la que se comunicaba la visita pública al pazo de Meirás el día 30 de agosto de 2007 con fines de inspección.

En octubre de 2010 el alto tribunal ya había desestimado un recurso de la familia Franco contra el acuerdo de la Xunta que declara Bien de Interés Cultural el Pazo de Meirás, en Sada (A Coruña), una medida que implica la apertura al público de la instalación durante cuatro días al mes.

De esta manera, los tribunales han vuelto a fallar contra la familia Franco,después de que ésta presentara varios recursos contra el decreto del Gobierno gallego.

En junio de 2010 el Tribunal Superior de Justicia de Galicia rechazó la suspensión cautelar del decreto solicitada por la familia Franco, quienes aducían los gastos de vigilancia y seguro por accidentes que ocasionaría abrir el pazo al público durante cuatro días al mes, así como el alto coste de recibir visitantes de toda Galicia como argumentos contra el decreto.

Ahora, el Tribunal Supremo desestima el recurso contra la visita de inspección dictaminada por la Xunta en agosto de 2007.

La administración gallega decide

La sentencia recalca que "no se discute que el pazo de Meirás integra el patrimonio cultural de Galicia ni la existencia de la obligación de los propietarios de facilitar el acceso a la administración con fines de inspección".

Añade que "la ley otorga a la administración competente tal facultad o potestad de realizar visitas de inspección para la defensa de su patrimonio, sin perjuicio de la protección, por la vía de la autorización judicial u otra, que precisaren derechos constitucionalmente reconocidos".

Así, el alto tribunal rechaza el recurso de casación, con expresa condena en costas a la parte recurrente, y señala como cantidad máxima a reclamar por el letrado de la parte recurrida la cantidad de 3.000 euros.

El pazo de Meirás, regalo del pueblo gallego a Francisco Franco tras la Guerra Civil, fue residencia de verano durante muchas décadas del dictador español, que sus herederos conservan como un legado a su memoria.

Al respecto, diversas asociaciones sostienen que la entrega del pazo a Franco fue un expolio y exigen su devolución a los ciudadanos gallegos.

El pazo de Meirás abrió sus puertas al público el 25 de marzo de 2010 tras ser declarado en 2008 como Bien de Interés Cultural, lo que obligó a los herederos del dictador a permitir las visitas tras perder un recurso en el Tribunal Supremo.

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