Una empresa deberá devolver una ayuda del Gobierno por dedicarla al pago en metálico de nóminas

Sin justificarlo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado a una empresa a devolver una ayuda dd 34.384 euros que le concedió el Gobierno de Cantabria, debido a que la dedicó al pago en metálico de nóminas sin justificarlo adecuadamente.

La ayuda se enmarcó dentro de la programación anual de los cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional para el año 2008, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

La sentencia recuerda que las ayudas públicas suponen una disposición gratuita de fondos para fomentar una actividad de utilidad o interés social o promover un fin público.

Y añade que para cumplir los requisitos, no debe haber contraprestación directa de las personas beneficiarias, entre otras condiciones.

También hace hincapié en cuestiones relacionadas con la justificación de la parte económica, en la que se deben incluir —a través de facturas— los justificantes del pago, con el desglose de las actividades realizadas en base a ella.

El Manual de justificación de gastos en que se apoya esta convocatoria decía expresamente que no se aceptarían pagos en efectivo para el personal, salvo dietas por transporte o locomoción, al contrario de lo que hizo la empresa beneficiaria de las ayudas.

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