TSJCV confirma los 9 años de cárcel para el exvoluntario de Protección Civil que provocó un incendio en 2006

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena impuesta al exvoluntario de Protección Civil de la localidad de Vilamarxant (Valencia) que provocó en julio de 2006 un incendio en una zona de monte que afectó a 194 hectáreas de superficie de este municipio y de Pedralba.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena impuesta al exvoluntario de Protección Civil de la localidad de Vilamarxant (Valencia) que provocó en julio de 2006 un incendio en una zona de monte que afectó a 194 hectáreas de superficie de este municipio y de Pedralba.

De esta manera, el tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el abogado de este hombre contra la sentencia dictada por la magistrada-presidenta del tribunal del jurado que le juzgó, y que le imponía esta pena de cárcel por un delito de incendio con propagación a las personas.

Además de la prisión, la magistrada le imponía una multa de 3.300 y establecía unas indemnizaciones —el acusado es insolvente— de 155.267 euros para el Ayuntamiento de Vilamarxant; 395 euros a la Generalitat por los terrenos y otros 99.948 más por los gastos de extinción; y cantidades que oscilaban entre los 50 y los 29.245 euros a los 38 particulares afectados por las llamas en sus propiedades, y que incluían desde árboles a animales.

El abogado de este procesado basó el recurso en que había habido vulneración de la presunción de inocencia, al entender que no había quedado probado en el juicio la autoría de su cliente. Sin embargo, esta alegación —tal y como recuerda el tribunal— no cabe en el proceso del tribunal del jurado, ni su revisión en esta sede (TSJCV).

Pese a ello, el tribunal aclara que en este caso ha habido prueba de cargo de carácter indiciario, y ésta se ha valorado de determinada manera por el jurado. Así, indica que los hechos declarados probados y sustentados en esta valoración de la prueba "constituyen elementos que no carecen de toda base razonable para llegar a la declaración de culpabilidad", y consecuentemente a la condena impuesta.

El joven negó los hechos

El joven condenado negó ante el jurado popular que provocara el fuego el 20 de julio de 2006, que tardó cuatro días en ser sofocado. Sin embargo, el jurado consideró probado que el acusado prendió el fuego mediante aplicación directa de la llama al combustible vegetal y que no pudo ser fortuito ni imprudente al no haber restos de actividad al lado.

Además, estimó que el fuego lo prendió a sabiendas de que en las proximidades existían núcleos de viviendas habitadas, y que el mismo representaba la posibilidad de que afectara a las zonas habitadas, con peligro para vidas humanas.

En concreto, el fuego avanzó sobre viviendas ubicadas en la zona conocida como 'Jutjeve' de Vilamarxant, y afectó a varios terrenos y viviendas de propiedad particular. Además, como consecuencia del incendio, se evacuaron a unas 400 personas de la urbanización por riesgo de inhalación de gases derivados de la combustión. El incendio afectó a 194 hectáreas de monte arbolado del término de Vilamarxant y Pedralba —correspondiendo 135,4 hectáreas al municipio de Vilamarxant, 58,6 al de Pedralba; y 32,2 eran terrenos de propiedad particular—.

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