Salud y Bienestar Social convoca las ayudas del Ingreso Mínimo de Solidaridad, que ascienden a 2,6 millones de euros

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la resolución de la Dirección General de Mayores, Personas con Discapacidad y Dependientes, por la que se convocan las ayudas del Ingreso Mínimo de Solidaridad para el año 2012. El crédito asignado a las mismas asciende a 2.652.000 euros.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la resolución de la Dirección General de Mayores, Personas con Discapacidad y Dependientes, por la que se convocan las ayudas del Ingreso Mínimo de Solidaridad para el año 2012. El crédito asignado a las mismas asciende a 2.652.000 euros.

Las ayudas se otorgarán en atención a la situación del perceptor y las solicitudes para su obtención se dirigirán a la persona titular de los Servicios Periféricos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales correspondientes, según publica el DOCM y recoge Europa Press.

Las solicitudes podrán presentarse en el registro de los Servicios Periféricos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, en el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales o en los registros de los órganos establecidos en el

Año xxxi número 52 12 de marzo de 2012 9133 artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Del mismo modo, podrán presentarse a través del Teléfono Único de Información de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 012 si se llama desde Castilla-La Mancha, o 902267090 si se llama desde fuera de la región.

También mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección http://www.jccm.es.

Asimismo, podrá llevarse a cabo mediante fax, dirigido al número de la Dirección General de Mayores, Personas con Discapacidad y Dependientes 925 28 70 09 o a los números de los Servicios de Prestaciones de los Servicios Periféricos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales: 967 50 13 20 (Albacete), 926 27 67 87 (Ciudad Real), 969 17 69 59 (Cuenca), 949 23 03 84 (Guadalajara), 925 26 90 14 (Toledo).

Plazo de presentación

Según la resolución, el plazo para solicitar estas ayudas estará permanentemente abierto durante todo el ejercicio 2012 y sujeto, en todo caso, a la existencia de consignación en la partida presupuestaria indicada. La concesión de las ayudas se realizará mediante la prelación temporal de las solicitudes presentadas.

El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de un mes, si bien dicho plazo quedará suspendido en el supuesto de que haya que requerir a la persona interesada la subsanación de deficiencias o la aportación de documentación.

Transcurrido el plazo máximo sin haberse dictado la resolución, se entenderá que la petición ha sido desestimada, sin perjuicio de la obligación de la Administración de dictar resolución expresa.

Cuando concurran alguna de las causas de reintegro de las cantidades percibidas y sin necesidad de que medie la intimación previa por parte del órgano administrativo concedente, la persona beneficiaria podrá devolver voluntariamente el importe indebidamente percibido mediante transferencia bancaria a la cuenta 2105 0135 91 1252000031.

Así, deberá especificar en el concepto "devolución voluntaria de ayuda del ingreso mínimo de solidaridad", comunicando dicho ingreso al órgano concedente de la ayuda.

Recurso de alzada

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992.

La presente Resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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