La Fiscalía pide al TS que eleve a 5 años y medio de cárcel la condena para el ex alcalde 'popular' de Llucmajor

Las defensas de Lluc Tomás, Joaquin Rabasco y María del Amor Aldao piden su absolución al ver "inaudita e inmanejable" la sentencia

La Fiscalía ha solicitado este jueves al Tribunal Supremo que eleve de tres años a cinco años y medio de cárcel la condena que la Audiencia Provincial de Palma impuso en noviembre de 2010 a Lluc Tomás, exalcalde del PP de la localidad de Llucmajor.

La representante del Ministerio Público considera al exprimer edil culpable de un delito de malversación continuada, prevaricación y fraude a la Administración. Por ello, también solicita que sea castigado a 9 años y seis meses de inhabilitación absoluta.

Además, la fiscal ha pedido aumentar a 5 años y tres meses de prisión la pena impuesta al exconcejal de Agrupación Social Independiente (ASI) de la localidad, Joaquín Rabasco, por malversación y prevaricación; y a 3 años y seis meses de cárcel la condena de la exsecretaria de Rabasco en la formación, María del Amor Aldao, por delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, de alzamiento de bienes y malversación.

La Audiencia Provincial de Palma condenó en su día a seis años de prisión a Joaquín Rabasco y a otros tres años de cárcel a María del Amor Aldao en relación con el caso de contrataciones irregulares para fiestas y actos del consistorio a cuatro sociedades ligadas a Rabasco y a su compañera sentimental Aldao.

La Sala de lo Penal del Supremo ha celebrado este jueves una vista pública para revisar por segunda vez esta causa ya que la Audiencia Provincial dictó estas condenas en 2010 después de que el alto tribunal decretara la nulidad de una primera resolución judicial adoptada en 2008. El Supremo devolvió entonces las actuaciones a la Audiencia para que subsanase varios defectos detectados y el juicio contra los tres acusados se repitió.

Absolución o nuevo juicio

Los abogados defensores de los tres condenados han tachado de "inaudita", "desconcertante" e "inmanejable" la segunda resolución dictada por la Audiencia de Palma y han puesto en evidencia las "nucleares contradicciones" con la que fue emitida la primera vez. "La sentencia no se sostiene en absoluto", han añadido.

Así, han cuestionado el "nivel y la calidad" de la resolución del tribunal de instancia en la que había "afirmaciones pero no acreditaciones".

Han arremetido contra la "pérdida de memoria" que los jueces de Palma demostraron en la segunda sentencia que dictaron "dos años y dos meses después de la celebración de un juicio que fue largo, complejo y tedioso" y en un proceso en el que no se encontraron pruebas "diáfanas".

Por ello, todos los letrados han solicitado la absolución de Tomás, Rabasco y Aldao. Alternativamente, la defensa de los dos últimos han reclamado que se anule la sentencia condenatoria y se celebre un nuevo juicio oral con la composición de un nuevo tribunal.

Condena de la audiencia balear

En concreto, la Audiencia balear impuso en 2010 a Rabasco cuatro años de cárcel por un delito de malversación de caudales públicos y dos años por otro de alzamiento de bienes, mientras que sobre Tomàs recayeron tres años por malversación y sobre Aldao dos años por este mismo delito y otro por alzamiento. Además, condenó a los tres acusados a indemnizar al Ayuntamiento de Llucmajor con 681.450 euros.

La trama por la que fueron condenados, denunciada en 2001 por el entonces regidor del PSOE en Llucmajor, Juan José Maestre, se desarrolló entre 1999 y 2002, cuando el exprimer edil permitió y auspició el desvío de más de un millón de euros de las arcas municipales a cuatro empresas ligadas al exregidor de Deportes y Fiestas —Majo Sport, Tenedi Ambiente, Rodema Swin y Retsar Music— y constituidas por la exsecretaria de ASI y amiga personal de Rabasco.

En los fundamentos de derecho de su nueva sentencia, el tribunal balear mantuvo que los acusados, aprovechándose de sus respectivos cargos, idearon una trama dirigida a trasvasar de forma "torticera" fondos municipales a las arcas de ASI para que llegasen a poder de Rabasco "a cambio de sus votos, que garantizaban una cómoda gobernabilidad de Tomàs quien, sabiéndolo, lo consentía aunque no se lucraba directamente con las operaciones".

La resolución, que recordaba que ASI y PP ya habían sido socios incluso antes del mandato de Tomàs, dejaba entrever que "posiblemente" existieran otras conductas igualmente reprobables que no han sido enjuiciadas y "ni siquiera investigadas", y mantenía que tanto la formación como el propio Rabasco "estarían ávidos de fondos" mientras que el entonces alcalde, que "posiblemente no colaboró en la trama societaria urdida, se vio forzado a darles su apoyo metálico a cambio de sus votos".

En relación con el ex presidente de ASI, el tribunal subrayaba que se beneficiaba "torticeramente de festejos, deportes y otras actividades de esparcimiento". En cuanto a Tomàs, la Audiencia precisaba que sabía que Rabasco participaba, directa o indirectamente, en casi todas las fiestas y eventos municipales, "lucrándose inflando las facturas que presentaban al Ayuntamiento, él o Aldao, lo que consentía y toleraba".

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