El Supremo reduce el precio que la Junta pagará a Boliden por la expropiación de una finca

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado a favor de la Junta de Andalucía y ha reducido el precio que la administración regional debe pagar a Boliden por la expropiación de una finca en el municipio sevillano de Sanlúcar la Mayor para la construcción del proyecto de regeneración medioambiental Corredor Verde del Guadiamar puesto en marcha tras el vertido de la balsa de Aznalcóllar.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado a favor de la Junta de Andalucía y ha reducido el precio que la administración regional debe pagar a Boliden por la expropiación de una finca en el municipio sevillano de Sanlúcar la Mayor para la construcción del proyecto de regeneración medioambiental Corredor Verde del Guadiamar puesto en marcha tras el vertido de la balsa de Aznalcóllar.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo revoca otra el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, basándose en la escritura pública del momento de la adquisición de la misma, en 1995, había fijado en 1,5 millones el valor del terreno y edificaciones de la finca propiedad de la multinacional sueca.

La sentencia respalda los argumentos de la Junta cuando señala que la finca de Boliden, de 33 hectáreas y que no resultó afectada por los lodos, no se podía valorar de una manera diferente a la del resto de los afectados.

Asimismo, ve que cuando la empresa sueca compró la finca, esta iba a ser destinada a explotación, por lo que tuvo un valor "subjetivo y especulativo", por lo que ahora no se puede imponer a la administración regional, que expropió la finca para un corredor ecológico, el valor de una transacción privada.

Además, indican que a pesar de que la finca no resultara cubierta por los lodos del vertido, su situación era "radicalmente distinta" a la existente en la fecha de compraventa porque como consecuencia de aquel había sufrido un deterioro ambiental.

Así, el alto tribunal recuerda que antes del vertido la zona tenía una flora y una fauna silvestre en "normal estado de conservación" mientras que el mismo ausó un deterioro con "graves afecciones" medioambientales y riesgo para las aguas subterráneas.

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