El Consejo de Caza de Aragón aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2012-2013

Incluye la reciprocidad entre las Comunidades autónomas cuyos cazadores quieran cazar en los cotos sociales de Aragón
Toma De Datos De Un Sarrio En La Reserva De Caza De Viñamala (Huesca)
Toma De Datos De Un Sarrio En La Reserva De Caza De Viñamala (Huesca)
GOBIERNO DE ARAGÓN
Toma De Datos De Un Sarrio En La Reserva De Caza De Viñamala (Huesca)

El Consejo de Caza de Aragón celebrado esta semana ha aprobado el texto del próximo Plan General de Caza para la temporada 2012-2013, que incorpora, entre otras novedades, la necesidad de reciprocidad entre las Comunidades autónomas cuyo cazadores quieran cazar en los cotos sociales de Aragón y la posibilidad de que cazadores aragoneses cacen en los cotos sociales de esas Comunidades.

Así mismo, se elimina la Codorniz japonesa como especies de caza menor y se ha incluido un periodo de caza para el muflón, además de modificar las épocas de caza del corzo. También se ha regulado la caza con aves de cetrería y se ha normalizado el tamaño y texto de los carteles que avisan de que se está batiendo una zona, ha informado el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en un comunicado.

El Consejo de Caza de Aragón se ha reunido esta semana en Zaragoza. Se trata de un órgano de participación social compuesto por cazadores, ecologistas, agricultores y expertos en materia cinegética que, entre otras funciones, informa de los periodos hábiles de caza, las vedas y regulaciones para la protección de la fauna cinegética en Aragón.

El Consejo ha sido informado esta semana de las modificaciones de la Ley de Caza, como las del artículo 25, que llevan aparejado que las sociedades de cazadores que sean titulares de un coto deportivo deberán tener federados en la Federación Aragonesa de Caza a los socios que deseen cazar en los cotos deportivos que titularizan.

Por otra parte, en el Artículo 71.bis se incluyen modificaciones por las que la Administración no indemnizará por accidentes de tráfico causados por fauna cinegética cuando no se haya observado la debida diligencia en la conservación del acotado, en cumplimiento de las obligaciones que a tal fin la normativa de caza impone a su titular, recayendo sobre la Administración la acreditación de dicho cumplimiento.

También impone al titular del coto la obligación de facilitar a la Administración la información y colaboración precisa sobre las circunstancias y hechos relacionados con procedimientos de indemnización. Por último, se clarifica la redacción del artículo 78 para aquellos casos en los que la guardería de un coto fuera propia, han señalado las mismas fuentes.

Respecto a los precios de los permisos de caza en las reservas titularidad de Aragón, se ha acordado un incremento moderado puesto que no han sufrido prácticamente modificaciones en los últimos 15 años.

En la reunión se han tratado otras cuestiones, como el Coto Social de Caza de Azuara, el seguro integral agrario y el Coto de Bastarás, han precisado desde el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

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