El jurado declara culpable a la joven que apuñaló a su padre en 2010

El jurado convocado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo para el juicio por la muerte de Luis Jairo Rivillas, en el mes de julio de 2010, ha encontrado por unanimidad a la acusada, K.A.R.P., hija de la víctima, culpable de un delito de homicidio. La acusada declaró ante los miembros del jurado y reconoció los hechos que le imputa la Fiscalía del Principado de Asturias.
La Abogada Lourdes Iglesias, A La Izquierda
La Abogada Lourdes Iglesias, A La Izquierda
EUROPA PRESS
La Abogada Lourdes Iglesias, A La Izquierda

El jurado convocado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo para el juicio por la muerte de Luis Jairo Rivillas, en el mes de julio de 2010, ha encontrado por unanimidad a la acusada, K.A.R.P., hija de la víctima, culpable de un delito de homicidio. La acusada declaró ante los miembros del jurado y reconoció los hechos que le imputa la Fiscalía del Principado de Asturias.

El tribunal popular leyó el veredicto pasadas las dos de la tarde, a puerta cerrada. Por cinco votos a cuatro, el jurado se mostró favorable a que se conceda el indulto a la acusada. Por ocho votos a uno, se mostró favorable a que se le conceda la suspensión de la pena, a lo que se opuso la Fiscalía del Principado de Asturias por no concurrir en este momento los requisitos legales.

K.A.R.P. apuñaló a su padre, Luis Jairo Rivillas, sobre las ocho de la mañana del 3 de julio de 2010 en Oviedo con un cuchillo de siete centímetros de hoja para evitar que éste continuara golpeando a su hermana menor, a la que había agredido en el transcurso de una discusión. Luis Jairo se encontraba en estado de embriaguez. La herida, penetrante en el tórax con afectación cardiaca, le produjo la muerte casi de inmediato.

La acusada y su hermana vivían en una habitación realquilada en un piso en Oviedo, pagada por su padre (el fallecido) y que fue donde se produjo el homicidio. K.A.R.P., sin antecedentes penales, ingresó en prisión provisional sin fianza por esta causa el 5 de julio de 2010.

El Ministerio Público solicita para K. A. R. P. una condena de ocho años de prisión por un delito de homicidio del artículo 138 del Código Penal, con la agravante de parentesco y la eximente incompleta de legítima defensa, pena aceptada por la acusada, de nacionalidad colombiana y nacida en 1992.

Por vía de responsabilidad civil, la Fiscalía solicita que se le condene a indemnizar a su hermana (menor de edad) con 125.000 euros por el fallecimiento de su padre, a sus abuelos (padres del fallecido) con 10.000 euros a cada uno (20.000 euros en total) y a su tía (hermana de la víctima) con 1.950 euros por los gastos del sepelio, de los que se hizo cargo. La acusada acepta igualmente el pago de las indemnizaciones. La condena quedará plasmada en los próximos días por la sentencia que redactará la magistrada presidenta del Tribunal.

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