Multa de 30.000 ? por reconstruir un inmueble en área de protección del litoral y suelo de protección absoluta

El Ayuntamiento publica la sanción para evitar que se repitan hechos de esta "gravedad"
Mirador De Peñas Negras, En Bezana (Cantabria)
Mirador De Peñas Negras, En Bezana (Cantabria)
EP/BEZANA
Mirador De Peñas Negras, En Bezana (Cantabria)

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana ha impuesto una multa de 30.050,61 euros a un vecino de dicho municipio por una infracción urbanística muy grave relacionada con unas obras de derribo y posterior reconstrucción en un inmueble situado dentro del área de protección del litoral y calificada como suelo rústico de protección absoluta.

Por acuerdo del Pleno de la Corporación, la sanción se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) para que estos hechos no vuelvan a repetirse.

Según consta en el acuerdo, consultado por Europa Press, el 28 de mayo del año 2008, el alcalde del municipio acordó imponer la sanción al implicado por una infracción urbanística muy grave.

En concreto la sanción, confirmada judicialmente en abril de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santander, tiene su origen en la ejecución de unas obras de derribo y reconstrucción en un inmueble en situación fuera de ordenación, ubicado en una zona de alto valor ambiental y paisajístico dentro del área de protección del litoral y calificada como suelo rústico de protección absoluta (NUPA), en la calle Arnía de Soto de la Marina.

Las obras consistieron en la reconstrucción de la planta y cubierta derruidas; obras —señala el acuerdo— contrarias al planeamiento urbanístico y a la resolución administrativa que denegó la licencia para realizar las solicitadas previamente, unido al incumpliendo de la orden de paralización y ejecución de medidas de restauración, y que han supuesto la ampliación sustancial en altura y configuración de la planta bajocubierta y, en consecuencia, la del espacio habitable en el interior con un coste aproximado de reposición 120.000 euros.

Dado que el Pleno de la Corporación es competente para ordenar la publicación de las sanciones impuestas por infracciones urbanísticas muy graves, dicho órgano acordó, en sesión ordinaria celebrada el pasado 25 de enero, publicar la sanción impuesta.

Al respecto el acuerdo señala que, dada la gravedad de los hechos y la necesidad de evitar que los mismos puedan llegar a repetirse, "existen razones más que fundadas para proceder a la publicación de la sanción, como ejemplo de lo que no debe hacerse en edificios en situación urbanística de fuera de ordenación, y ubicados en terrenos ambientalmente protegidos".

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