Publicada en BOJA la Ley por la que se crea el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este lunes 6 de febrero la Ley por la que se crea el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía, que deberá tener conformada su asamblea constituyente en un plazo máximo de un año a partir de mañana.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este lunes 6 de febrero la Ley por la que se crea el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía, que deberá tener conformada su asamblea constituyente en un plazo máximo de un año a partir de mañana.

Según los plazos establecidos en la disposición transitoria segunda de esta Ley, consultada por Europa Press, los tiempos a seguir en el periodo constituyente del Colegio son los siguientes: en los dos primeros meses desde la entrada en vigor de la norma —es decir, desde este martes 7 de febrero y hasta el 7 de abril—, la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía designará una "comisión gestora compuesta por los integrantes de la Asamblea General de la Federación Andaluza de Asociaciones de la Prensa".

Después, en un plazo de seis meses contados a partir de su designación, esta comisión gestora elaborará los estatutos provisionales del Colegio y que regularán, necesariamente, el procedimiento y el plazo de convocatoria de la asamblea constituyente del colegio, su funcionamiento, los requisitos para la adquisición de la condición de colegiado, que permitirá participar en dicha asamblea, así como la constitución de los órganos de gobierno del colegio.

Finalmente, y una vez que la gestora elabore el censo de profesionales que reúnen los requisitos para poder ser colegiados, constituya una comisión de habilitación y remita los estatutos provisionales a Presidencia, la asamblea constituyente del Colegio "deberá ser convocada en el plazo de cuatro meses contados a partir de la publicación en el BOJA de los estatutos provisionales". Así pues, y sumando todos los tiempos máximos, la asamblea constituyente del Colegio Profesional de Periodistas estará conformada, como tarde, dentro de 12 meses.

En ese momento, la asamblea "deberá pronunciarse sobre la gestión realizada por la comisión gestora, aprobar los estatutos definitivos del colegio y proceder a la elección de las personas que ocuparán los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales, momento en el que la corporación adquirirá personalidad jurídica y plena capacidad de obrar".

Los estatutos, una vez aprobados por la asamblea constituyente, junto con el acta certificada, serán remitidos a la Consejería de la Presidencia para la verificación de su legalidad, su aprobación definitiva mediante orden de su titular, inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El colegio de periodistas

La Ley por la que se crea el Colegio de Periodistas señala que su puesta en marcha contribuirá "a una mejor defensa de la observancia de las reglas y código deontológico de la profesión, esto es, el conjunto de normas específicas de la profesión, y que redundará en un mejor servicio a la ciudadanía en general, en un mayor nivel de exigencia de competencia y de calidad en el desempeño del trabajo por parte de los profesionales".

Así, entre otras funciones, elaborará el código en esta materia, ejercerá la potestad disciplinaria sobre sus miembros en caso de incumplimientos de las normas, y representará y defenderá a la profesión ante la Administración, instituciones, tribunales, entidades y particulares, además de organizar actividades e iniciativas de formación permanente para sus colegiados.

Podrán integrarse en el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía todos aquellas personas licenciadas en Periodismo; Comunicación Audiovisual, y Ciencias de la Información (en sus secciones de Periodismo y Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva) o títulos extranjeros equivalentes y homologados, así como las que estén en posesión de títulos de Graduado en Periodismo, Graduado en Comunicación Audiovisual y otras titulaciones oficiales de la misma rama de conocimiento.

Además de estos profesionales, podrán también solicitar su ingreso los titulados de cualquier licenciatura o grado oficial universitario que cuenten con un título oficial de doctor o de máster especializado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual, así como todos los miembros de pleno derecho de las asociaciones integradas en las federaciones andaluza y española de Asociaciones de Periodistas.

La creación de esta corporación pública que aglutinará a los profesionales del periodismo es posible gracias a las modificaciones introducidas recientemente en la legislación andaluza de colegios para su adaptación a la Directiva comunitaria de servicios en el mercado interior. Entre estos cambios destaca el que permite la constitución de entidades de este tipo en todas las profesiones con titulación universitaria oficial y no sólo, como hasta ahora, en aquellas que para su ejercicio requieren de una reserva de actividad (el caso, por ejemplo, de médicos y abogados).

En Andalucía funcionan actualmente 125 colegios profesionales que aglutinan más de una treintena de actividades representativas de diferentes sectores, con predominio de las ramas sanitarias, técnicas, jurídicas y sociales

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