Acc.Piden cuatro años de prisión para los técnicos de Spanair imputados por dos homicidios imprudentes

Mañana concluye el plazo para la presentación de escritos de acusación en el proceso penal

Una de las acusaciones particulares en la causa penal que investiga el accidente de Spanair del 20 de agosto de 2008, que defiende a las familias de dos de las 154 víctimas mortales, una de 45 años y otra de 21, ha solicitado al juez Javier Pérez en su escrito de acusación cuatro años de prisión para cada uno de los dos técnicos de Spanair imputados por dos homicidios imprudentes.

En el escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press, esta parte reclama que los técnicos Felipe G.R. y José Antonio V.C. indemnicen a las familias de estas dos víctimas mortales 1,7 millones de euros.

Las partes personadas en la causa, incluida la Fiscalía de Madrid, tienen de plazo hasta mañana para presentar sus acusaciones contra estos dos imputados después de que el juez concluyera la causa el pasado diciembre. Les imputó a los técnicos de mantenimiento por 154 delitos de homicidio imprudente y 18 delitos de lesiones imprudentes.

Esta acusación entiende que los hechos ocurridos el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Barajas constituyen un concurso ideal de dos homicidios imprudentes de los artículos 77 y 142 del Código Penal, siendo responsables en concepto de autores Felipe G.R. y José Antonio V.C.

Por ello, esta acusación interesa que se imponga a cada uno de los acusados las penas de cuatro años de prisión y cuatro años y seis meses para el ejercicio de la profesión de técnico de mantenimiento de aeronaves.

Actuación de los técnicos.

Esta parte relata que el día del accidente el avión registró una anomalía en la Sonda RAT (que mide la temperatura exterior) al calentar en tierra, cuando "únicamente debía activarse en vuelo".

El avión fue conducido entonces al parking, donde el acusado Felipe, previa consulta y con el beneplácito de José V.C., jefe de turno del departamento de mantenimiento de Spanair, extrajo "el disyuntor Z-29 y despachó el avión, indicando el piloto y al copiloto que el avión se encontraba apto para el despegue".

Según el escrito, "la causa de la avería de la sonda del RAT no fue estudiada ni comprobada por los acusados, de forma que el avión se despachó incorrectamente".

"Y así al iniciar al despegue a las 14.23 horas de dicho día, la mala configuración de la aeronave, unida a que el sistema de alarma TOWS que debía avisar de que ello no funcionaba, y a la conducta negligente de los acusados que despacharon incorrectamente el avión con una avería oculta e indeterminada, provocó la caída del aparato", añade el documento.

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