Piden la inhabilitación para cargo público de los exalcaldes de Baeza Eusebio Ortega y Javier Calvente

Piden cinco años de cárcel para Luis Carlos García y su hermano, responsables de un local que supuestamente incumplía la normativa acústica

La Fiscalía de Jaén ha pedido la inhabilitación especial para cargo público de primer edil y concejal por ocho años para los exalcaldes de Baeza Eusebio Ortega (PSOE), en el cargo de 1983 a 2003, y Javier Calvente (PP), desde 2003 hasta 2007, por permitir presuntamente que un establecimiento hostelero de la citada localidad, administrado por el presidente de la Cámara de Comercio de Jaén, Luis Carlos García, y por el hermano de éste, no cumpliese supuestamente con el Reglamento de la Calidad del Aire.

Según relata el escrito de acusación del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, un matrimonio ha denunciado reiteradamente durante diez años, de 1999 a 2009, el hecho de que no conseguía descansar, dado que el establecimiento aledaño a su domicilio carecía de aislamiento acústico y de la instalación de un limitador-controlador en los equipos musicales, incumpliendo así la normativa del mencionado reglamento.

Asimismo, la Fiscalía describe que los hermanos García adquirieron un edificio de 1.617 metros cuadrados en el municipio baezano, si bien el inmueble pertenece a patrimonio histórico de Andalucía, pues comprende el antiguo patio del convento de San Francisco —siglo XVI—, colindante con las Ruinas de San Francisco y al fondo con la vivienda del matrimonio afectado, albergando al tiempo de la compra dicho restaurante.

De este modo, respecto al establecimiento, en 1990 se había solicitado licencia municipal de actividad de restaurante y palacio de congresos y convenciones, pero cuando se produjo la venta a la sociedad de los acusados, carecía de licencia municipal de apertura y funcionamiento. Sin embargo, ambos, a pesar de conocer que el establecimiento adquirido y el restaurante carecían de la preceptiva licencia, ampliaron su superficie destinando el patio posterior a terraza exterior y comenzaron a explotarlo con actividad de restauración.

Al hilo, en el escrito del fiscal se indica que el comercio carecía del aislamiento acústico y de instalación de limitador-controlador de los equipos musicales, incumpliendo el Reglamento de la Calidad del Aire y produciendo un alto niv3l de ruido por la actividad, por las numerosas personas congregadas y por la emisión de música a través de los equipos, música que se prolongaba hasta altas horas de l madrugada y que incidía de manera directa.

Sin el "adecuado descanso" durante diez años

De igual forma, al matrimonio del domicilio más cercano este hecho le impedía el "adecuado descanso" durante la noche, por lo que durante una década, en innumerables ocasiones, de madrugada, avisó a la Policía Local de Baeza, lo que dio lugar a que el Cuerpo realizara mediciones estimativas de ruido, cuyo s resultados arrojaron niveles de inmisión de ruido que superaban el nivel permitido en dicho reglamento.

Estos informes fueron remitidos al alcalde de Baeza, cargo que en aquel momento era ocupado por el acusado Eusebio Ortega. Además, el cónyuge mantuvo reuniones con el mismo como dirigente y, ante la falta de adopción de medidas correctoras, remitió escritos a la Delegación del Gobierno andaluz en Jaén, a la Consejería de Medio Ambiente, a la Delegación provincial de esta Cartera, así como a la Subdelegación del Gobierno.

Así las cosas, en marzo de 2002, Ortega dio licencia municipal de actividad y apertura al establecimiento, si bien en junio de 2003 dejó de ejercer el cargo como primer edil, sucediéndole el 'popular' Javier Calvente, actual concejal del Ayuntamiento. Del mismo modo, volvieron a repetirse entrevistas entre éste y el vecino del restaurante. Así, en agosto del mismo año, el alcalde, dado que los administradores de la empresa no habían realizado las actuaciones acordadas en la resolución de Alcaldía del 13 de marzo de 2003, cuando aún gobernaba Ortega, ordenó el aislamiento acústico y medidas cautelares prohibiendo el funcionamiento de equipos musicales.

Sin efecto la prohibición de equipos de música

De otro lado, el 14 de agosto de 2003, día de la fiesta local de Baeza, Calvente dictó una resolución que dejaba sin efecto las medidas cautelares a la vista de la instalación de un limitador permitiendo continuar así con la explotación del restaurante a los hermanos García incumpliendo el Reglamento de la Calidad del Aire.

Este mismo mes, el dirigente 'popular' recibió un escrito procedente del Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, formulando una recomendación consistente en que se dictara orden de ejecución para que el titular del establecimiento adoptara medidas de aislamiento del local y se impidiese el funcionamiento de la terraza de verano no amparada pro licencia alguna, impidiendo su funcionamiento en lo sucesivo.

En este sentido, la Fiscalía ha manifestado que, ya en julio de 2008, el matrimonio denunció la causa en el Juzgado de Instrucción Único de Baeza, mientras que en noviembre se tomó una medida cautelar referida a la suspensión temporal de todas las actividades del saló de celebraciones del restaurante. Algo que se dejó sin efecto al año siguiente mediante un auto en el que se permitía utilizar equipos de música y maquinaria de climatización.

Ansiolíticos y antidepresivos

De esta forma, los "ruidos soportados desde 1999 a 2009 propiciaron un menoscabo en la salud del cónyuge, un cuadro de ansiedad que ha precisado psicoterapia de apoyo mediante la administración de benzodiacepinas, sanando tras 40 días. De su lado, la mujer afectada padeció un trastorno adaptativo, reacción mixta de ansiedad y depresión, que ha precisado ansiolíticos, antidepresivos y relajantes musculares, sanando tras seis meses y quedándole como secuela un trastorno neurótico.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal acusa a Eusebio Ortega de prevaricación del artículo 404 y 11 del Código Penal, motivo por el que ha pedido la inhabilitación especial para cargo público de alcalde y concejal por ocho años, de igual modo que acusa a Javier Calvente de un delito de prevaricación ambiental, exigiendo para él también ocho meses de inhabilitación como edil o alcalde, así como al pago de 16.800 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de siete meses de privación de libertad en caso de impago.

Por último, el fiscal acusa a los hermanos García de un delito contra el Medio Ambiente, en su modalidad de contaminación acústica, de un delito de prevaricación del artículo 404 y 11 del Código Penal, de otro de prevaricación medioambiental del 329.1 del CP y de dos faltas por lesiones del artículo 617.1. Así, pide para cada uno de ellos cinco años de cárcel y multa de 135.000 euros.

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