Cuatro años de cárcel para un conductor que se saltó un control y en la huida arrolló a dos policías

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de cárcel a un conductor que se saltó un control de la Policía Local de Torrelavega, arrolló al agente que intentó bloquearle el paso, volteándole y tirándole al suelo, y también provocó lesiones a un segundo agente que intentó detenerle y tuvo que tirarse a un lado para esquivarle.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de cárcel a un conductor que se saltó un control de la Policía Local de Torrelavega, arrolló al agente que intentó bloquearle el paso, volteándole y tirándole al suelo, y también provocó lesiones a un segundo agente que intentó detenerle y tuvo que tirarse a un lado para esquivarle.

En su sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia estima parcialmente los recursos de apelación presentados por el acusado y por uno de los dos policías locales que resultaron lesionados en el suceso, y revoca en parte el fallo del Juzgado de lo Penal nº 1 de Santander, reduciendo de cinco a cuatro años la pena de cárcel al considerar los hechos como un delito de atentado a la autoridad agravado por ejecutarse con medio peligroso -el vehículo-, y dos delitos de lesiones.

La Audiencia confirma el resto de la sentencia de primera instancia, que condena al acusado por una falta de daños a una multa de 120 euros y a indemnizar a los policías locales con 6.500 y 4.500 euros, por el tiempo que tardaron en curar de las lesiones (107 y 84 días, respectivamente) y por las secuelas de carácter leve que le han quedado a uno de ellos. También tendrá que pagar 352 euros al Ayuntamiento de Torrelavega por los daños causados en una señal y en efectos que portaba uno de los agentes.

Los hechos ocurrieron sobre las cinco de la madrugada en marzo de 2008, cuando la Policía Local de Torrelavega dio el alto al acusado, que conducía el vehículo que un amigo le había dejado. Para eludir el control, cambió de sentido arrollando al agente que se encontraba bloqueando el paso, volteándole y tirándole al suelo. El acusado continuó la huida sorteando el control. Entonces un segundo agente se situó frente al vehículo para intentar impedir su huida y se vio obligado a tirarse a un lado. EMBRIAGUEZ

En su recurso de apelación ante la Audiencia, el acusado alegó embriaguez como circunstancia atenuante y pidió la reducción de la pena impuesta. Sin embargo, también alegó que no se había acreditado que él fuera el conductor, rechazó "la realidad de cualquier incidente habido con la Policía Local de Torrelavega" en esa fecha y hora, y negó cualquier intervención en la agresión, tal y como reza la sentencia.

La Audiencia descarta los argumentos del acusado, dado que un agente que "le tuvo de frente" y que además salió en su persecución, le identificó como el conductor del vehículo que arrolló a su compañero. Además, el propietario del coche testificó que dejó las llaves al acusado y que le consta que era él quien conducía, mientras que el recurrente se limitó a decir que "no recordaba nada".

La Audiencia considera "irrelevante" que su intención final fuera, no la agresión, sino eludir el control o lograr evadirse, y tampoco comparte que las lesiones sufridas por los agentes no requirieran tratamiento médico -como sostiene el acusado para pedir que los hechos fueran considerados como falta y no como delito de lesiones-. Los agentes precisaron tratamiento médico consistente en fisioterapia y tratamiento farmacológico uno de ellos y rehabilitación el otro.

La Audiencia rechaza la atenuante de la embriaguez al considerar que no hay prueba de la misma "ni en su estado más ligero". Por el contrario, a petición de la acusación particular, acepta que se trata de un atentado a la autoridad agravado por ejecutarse con medio peligroso, y en este sentido, señala que un vehículo es un instrumento peligroso en grado sumo.

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