La defensa del acusado de tocar a menores cree que no existieron abusos sexuales, sino "vejaciones"

El acusado afirma que tocaba a las niñas "de pasada" cuando iba o volvía de trabajar de la pescadería que tenían él y su mujer
Juicio Por Tocamientos A Menores
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EUROPA PRESS
Juicio Por Tocamientos A Menores

La defensa del acusado de realizar tocamientos a menores en las inmediaciones de sus colegios y en portales ha pedido este miércoles que los hechos ocurridos, que han sido reconocidos por este hombre con puntualizaciones, sean considerados como "vejaciones" y no como "abusos sexuales" como pide la acusación particular y el Ministerio Fiscal.

Durante el juicio, que ha tenido lugar este miércoles en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, la defensa ha modificado su escrito de conclusiones, en el que ha pedido cambiar las calificaciones de los hechos y pasar así de la comisión de unos delitos de abuso sexual a faltas por vejaciones, con la rebaja en la pena que ello supone.

Así, ha pedido que la pena que en sus conclusiones provisionales, consideraba que se debían imponer a su defendido, P.L.L.S., y que oscilaba entre 5 años y medio o 6 años, se quede en una multa de 10 días de multa a razón de 10 euros diarios para cada una de las siete faltas por vejación que, a su juicio, cometió este hombre. VEJACIÓN

En el nuevo escrito de conclusiones de la defensa, se afirma que "no ha quedado probado que los tocamientos cometidos a ocho menores por parte del acusado, en muslos, glúteos o en la zona genital, tuvieran como finalidad satisfacer sus deseos sexuales".

De hecho, en su intervención final, el abogado defensor ha opinado que, al realizar tocamientos a las niñas —uno sin llegar a hacerlo— el acusado pretendía "menospreciar" y "humillar" a las menores, a las que, en algunos casos, llegó a "hacer burla" y "a reírse de ellas" cuando huía del lugar de los hechos.

Aunque la defensa ha reconocido la dificultad de establecer el límite entre una falta de vejación y un delito de abuso sexual, ha solicitado "proporcionalidad" en la designación de las penas y ha considerado que imponer las que solicita el Ministerio Fiscal y la acusación particular sería "absolutamente excesivo".

Además, en repetidas ocasiones, la defensa ha insistido en que los tocamientos fueron "fugaces"; de "un solo toque"; con "escasa" intención y sin pretender "ir más allá".

Además, ha defendido que ninguna de las ocho menores implicadas —sólo tres se incluyen en la acusación particular— ha sufrido "un daño moral" más allá de la vivencia de una "desagradable" y "dañina situación".

Sin embargo, en el juicio, ha declarado como perito una psicóloga de la asociación CAVAS que ha tratado a dos de las menores atacadas, de las cuales una —ha dicho— presenta aún síntomas de estrés post-traumático.

La defensa pide también que se consideren como atenuantes la reparación del daño (el abono de las indemnizaciones que han ascendido a 8.375 euros y han sido satisfechas en su totalidad por el acusado), y el reconocimiento de los hechos, entre otros.

Abuso sexual

Durante el juicio, ni el Ministerio Fiscal ni la acusación particular se han mostrado de acuerdo con los argumentos de la defensa ni en la calificación de los hechos ni en algunas de las circunstancias que han sido solicitadas como atenuantes, como el reconocimiento de los hechos.

De hecho, el fiscal ha señalado que el acusado no confesó antes de ser detenido lo que había hecho y no reconoció la totalidad de los hechos sino sólo "lo evidente" y "a su manera".

Además, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular han rechazado la calificación que la defensa otorga a los hechos ocurridos cuando considera que el hombre cometió diferentes faltas por vejaciones pero no abusos sexuales.

Para ello, ambos han defendido que se trata de un abuso sexual porque P.L.L.S. abordó y realizó tocamientos a las víctimas para "obtener placer sexual" y no sólo con ánimo de "ofender" o vejar a las menores, como sostiene la defensa.

De hecho, la acusación particular ha opinado que la palabra tocamiento —sustantivo repetido en varias ocasiones por el acusado durante el juicio— tiene ya por sí misma un "contenido sexual".

Por su parte, y cuestionado por el fiscal, el acusado ha afirmado que "no sabe" por qué realizaba tocamientos a las menores. "No lo sé. Esa es la pregunta que me hago todos los días", ha respondido el hombre, quien ha señalado que "luego se sentía fatal".

Con anterioridad a estos hechos había recibido tratamiento psicológico por exhibicionismo y había sido condenado por varios delitos relacionados con esto.

P.L.L.S., que se ha mostrado "totalmente arrepentido" y ha expresado su deseo de "recibir tratamiento para salir de eso", ha negado que existiera un "objeto sexual" en los tocamientos y ha afirmado que no tenía "ningún motivo" para actuar así.

Por otra parte, cuestionado por la edad de las menores a las que tocó, el acusado —a quien no le ha sido detectada ninguna patología mental por parte de los peritos forenses— ha afirmado que "no sabía" que algunas de las niñas tenían menos de 13 años "porque no se fijaba".

Los hechos

Los hechos sucedieron entre febrero y junio de 2011 en Santander, en distintas ocasiones y, en la mayor parte de los casos, en las cercanías de dos centros escolares de la capital cántabra, Los Escolapios y Las Esclavas.

Además, dos de las víctimas fueron abordadas en los portales de sus domicilios de las calles Daoíz y Velarde y General Dávila; otra en las escaleras del túnel de Tetuán y una en las inmediaciones del Palacio de Festivales.

En el juicio, tanto el abogado de la defensa como el propio acusado han negado que sus actuaciones con las menores o los lugares escogidos fueran "premeditadas" y ha afirmado que las tocaba "de pasada" cuando iba o volvía a trabajar a la pescadería que tenía con su mujer en esta zona.

Al parecer, y según el relato de varias de las víctimas que han declarado este miércoles en el juicio, aunque a puerta cerrada y separadas del agresor por un biombo, el procesado les realizó tocamientos en zonas como los muslos, la parte genital y los glúteos, por encima y debajo de la ropa.

La Policía llegó a montar un dispositivo para localizar al acusado, del que llegaron a obtener unas imágenes de una cámara de seguridad ubicada en una urbanización cercana a Las Esclavas.

Finalmente, fue detenido en junio de 2011 después de que una patrulla de Policía Nacional fuera alertada por los gritos de niños de un colegio de que un hombre había tocado a una menor.

Al darle el alto los agentes intentó darse a la fuga, oponiéndose violentamente a los intentos de detención de los cuerpos de seguridad y causando con ello daños a un agente.

Las penas

El Ministerio Fiscal solicita una condena de doce años de prisión, libertad vigilada durante cinco años más y la prohibición de acercarse a sus víctimas a menos de 300 metros durante 7 años.

Le imputa cuatro delitos de abusos sexuales a menores de trece años, tres delitos de abusos sexuales a mayores de esa edad, otro en grado de tentativa y otro de resistencia, ya que cuando fue detenido forcejeó con los agentes de Policía.

En este último delito la defensa pide que se deje en una falta por lesiones, con pena de una multa de un mes, a razón de 10 euros diario.

Para el acusado, en prisión provisional desde entonces, la acusación particular, que representa a tres de las menores, ha pedido una pena de prisión de cuatro años y seis meses; la prohibición de acercarse a ellas a una distancia inferior a 300 metros durante 7 años. También reclama que no se le permita residir en Santander y esté en libertad vigilada durante ocho años.

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