Condenan al SAS a pagar 180.285 euros a una paciente al no practicarle cesárea y dañar al bebé

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar 180.285 euros a una paciente por no practicarle una cesárea durante el parto en el Hospital Puerta del Mar de Cádiz, lo que ocasionó que el bebé naciera con graves secuelas.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar 180.285 euros a una paciente por no practicarle una cesárea durante el parto en el Hospital Puerta del Mar de Cádiz, lo que ocasionó que el bebé naciera con graves secuelas.

Según ha informado el Defensor del Paciente en un comunicado, los hechos se remontan al 2008, cuando una joven de 37 años, nulípara, con tres abortos anteriores resueltos mediante legrados uterinos, y que, conforme al seguimiento ecográfico se sabía a ciencia cierta que el niño que iba a nacer era macrosómico, con un peso mayor de cuatro kilos, ingresó en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz, donde se hizo una ecografía y se le informó de que el parto no era inminente pero que como tenía contracciones quedaría ingresada.

Ante los dolores agudos, que resultaron ser un cólico nefrítico, bajaron a la madre a la sala de partos para inducir el mismo, poniéndole anestesia epidural.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, sobre las doce de la noche un médico le dijo que empezase a intentar empujar mientras su pareja presionaba el vientre hacia abajo. Según el Defensor del Paciente, antes de empujar, "una enfermera se subió encima del vientre de la paciente para empujar mientras la doctora intentaba coger la cabeza del hijo pero no pudo sacarlo, por lo que después de realizar una episiotomía, optaron por utilizar las ventosas".

Después de dos horas, y tras "algunas dificultades" sacaron al niño, y "subieron a la paciente a la habitación, sin el hijo y sin informar de nada". Al día siguiente se informó de que el niño estaba en el nido y que, debido a complicaciones, el brazo derecho estaba inmóvil, paralizado y con un hematoma bastante notable en el pecho.

El pediatra, informó a la madre de que el bebé "sufría parálisis braquial obstetricia completa" y recomendó rehabilitación, la cual empezó el día 21. Cinco meses y medio después fue examinado por una doctora cirujana que informó sobre la necesidad de una intervención quirúrgica, ya que tenía las raíces nerviosas muy afectadas y que no podía tener movimiento por sí solo.

En el informe de neonatología, según informa el Defensor del Paciente, figura el parto como distócico, se refiere a él como macrosoma y considera "se podía haber evitado con una cesárea pues el hijo era muy grande, no podía pasar por el canal del parto", y además añade que se "precipitaron" en el momento.

La sentencia establece que el perito judicial de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Sevilla fue "muy gráfico" cuando informó este caso, informando que "no se puede intentar hacer pasar un coche por una puerta".

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