El juez de Emarsa confirma la imputación del administrador de Arrima ante indicios de cursos de formación no impartidos

El titular del juzgado de instrucción número 15 de Valencia, Vicente Ríos, ha confirmado la imputación del administrador de la mercantil Arrima Centre d'Estudis, Antonio José Arnal, en la causa en la que investiga el saqueo de Emarsa, la empresa pública que gestionaba la depuradora de Pinedo, al considerar que existen indicios de que las circunstancias que rodean la contratación de esa entidad son "irregulares" y de que los cursos de formación por los que se facturó 188.358 euros entre 2005 y 2009 no se impartieron.

El titular del juzgado de instrucción número 15 de Valencia, Vicente Ríos, ha confirmado la imputación del administrador de la mercantil Arrima Centre d'Estudis, Antonio José Arnal, en la causa en la que investiga el saqueo de Emarsa, la empresa pública que gestionaba la depuradora de Pinedo, al considerar que existen indicios de que las circunstancias que rodean la contratación de esa entidad son "irregulares" y de que los cursos de formación por los que se facturó 188.358 euros entre 2005 y 2009 no se impartieron.

Así consta en un auto, de fecha 15 septiembre, en el que desestima el recurso de reforma presentado por la defensa de Antonio José Arnal contra la resolución en la que se acordaba la imputación de esta persona, que figura como administrador de la mercantil Arrima. Para el juez, se abren "interrogantes muy serios" sobre si, valiéndose de la apariencia de que se desarrollaban acciones formativas, lo que se hizo "fue dar cobertura a una forma de que los fondos de la sociedad no fueran destinados a sus fines y sí al enriquecimiento ilícito de los imputados".

Según explica el juez en los razonamientos jurídicos de su resolución, en 2001, Antonio José Arnal, hermano del que fuera director financiero de Emarsa, el expediente de contratación para los cursos se tramitó por parte de la emrpesa pública "sin publicidad alguna" y supuestamente tuvo su origen en una solicitud de ofertas realizada el 1 de diciembre de 2004, que solamente se dirigieron a Arrima y otras dos empresas más, sin haber explicación de por qué fue así. Asimismo, apunta que es "irregular" que habiéndose realizado las solicitudes de oferta el 1 de diciembre de 2004, se recibieran entre siete y dos días antes, lo que "materialmente es imposible".

En todo caso, señala que es "más significativo" que las otras dos sociedades tengan un mismo director, que el 15 de diciembre firmó dos distintas proposiciones económicas, una de ellas más beneficiosa para Emarsa. Posteriormente, Arrima las mejoró.

Por tanto, el juez indica que el expediente de contratación es "claramente irregular" y suscita "fundada sospecha" de que de esta forma se pretendiera generar una "apariencia" de que tres empresas seleccionadas por Emarsa sin publicidad competían para ser contratadas cuando esto no era así porque lo que se pretendía era contratar a Arrima.

"trato privilegiado"

En esta línea, apunta la sospecha de que existió un "trato privilegiado" por la gerencia de Emarsa con esta empresa y considera que cabe preguntarse que si Antonio José Arnal no figura en el contrato firmado, sino que lo hizo otro administrador, no sería porque no se le vinculara a él, dado que su hermano era directivo de la entidad pública.

El juez también ve "irregular" el tipo y número de cursos "supuestamente impartidos a los empleados de una empresa cuya actividad no era sino la explotación de la estación depuradora de aguas residuales ubicada en Pinedo", entre los que figuran algunos dirigidos a ofimática, excel, nuevo plan general contable, desarrollo de la inteligencia emocional, maquetación en word o inglés técnico en el sector químico.

En este sentido, sostiene que Emarsa, empresa pública que se financia con las aportaciones de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Generalitat (EPSAR), tuvo unos "importantes" gastos en cursos formativos "que poco o nada parecen tener que ver con las ncesidades de sus empleados", que requieren una explicación, y considera que lo "decisivo" para llamar como imputado al recurrente no es la relación familiar sino que existen indicios de que los cursos no se impartieron.

Así, indica que del examen de los listados diarios de salidas y entradas en Emarsa, salvo en el caso de un curso en el que aparece documentada la estancia del docente en las instalaciones de la depuradora, en los demás de carácter presencial se suscitan "serias dudas" de que se impartieran, algo que se "refuerza" con la ausencia de hojas de control.

Los mismos seis alumnos

En cuanto a los cursos tutorizados, en todos ellos el tutor era el ex administrador, y figuran como alumnos el que fuera gerente Esteban Cuesta y el director financiero Enrique Arnal, y destaca que llama la atención que "de un total de seis cursos tutorizados, en 2007 y 2008, en los cuatro impartidos en 2008 figuren exactamente los mismos seis alumnos, todos ellos directivos de la sociedad y la secretaria del gerente u del presidente del Consejo".

Asimismo, le llama la atención de que esas seis personas decidieran hacer acciones formativas en las que inviertieron cada uno 150 horas en un periodo de tiempo "ciertamente breve", que osciló entre el 9 de enero de 2008 y el 6 de marzo de ese año.

Además, subraya que en ese periodo de tiempo Cuesta y Arnal realizaron diversos viajes y resalta que Cuesta se inscribiera con las mismas personas en un curso de 70 horas de duración sobre el nuevo plan general contable y que desconozca "hasta lo más rudimentario" en esa materia.

"Como también suscita asombro que todo un director financiero deba recurrir a un curso on line para formarse sobre una materia en la que se le supone ampliamente preparado", ha señalado. Asimismo, cree que el imputado debe responder por un viaje realizado a Bucarest en compañía de su hermano en calidad de experto en comercio exterior.

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