Fiscal rechaza que Cuco vaya a prisión y pide que no salga del centro hasta septiembre de 2013

No obstante, no descarta que pueda acordarse en otro momento su ingreso en la cárcel "si su evolución así lo aconsejara"
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EUROPA PRESS/ARCHIVO
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La Fiscalía de Menores de Sevilla ha rechazado que el 'Cuco', que fue condenado a dos años y once meses de internamiento seguido de un mes de libertad vigilada por un delito de encubrimiento en relación al caso de Marta del Castillo, pueda cumplir en la cárcel lo que le resta de condena al ser ya mayor de edad —tal y como solicitó la acusación particular que ejerce la familia de la víctima—, y ha pedido que permanezca en un centro cerrado otros 685 días, con lo que no quedaría en libertad hasta el día 12 de septiembre del año 2013.

En un escrito elevado este mismo lunes ante el Juzgado de Menores número 3, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público ha estimado "idóneo" que cada seis días de los que el 'Cuco' pasó en el piso tutelado de la provincia de Cádiz computen como un día de internamiento en centro cerrado, ya que considera que en este caso hay que tener en cuenta "la gravedad" del hecho cometido; "el daño" causado a la víctima y sus familiares; que "no muestra signos de arrepentimiento" y que "no asume el hecho cometido".

Francisco Javier García Marín ingresó en un centro de menores el 16 de febrero de 2009 y permaneció el tiempo máximo permitido por la Ley, que es de nueve meses, tras lo que, el 12 de noviembre de ese mismo año, ingresó en un piso tutelado de Cádiz, donde permaneció hasta el 2 de junio de 2011, cuando la Sección Tercera de la Audiencia Provincial acordó dejarlo en libertad hasta tanto en cuanto se dictara sentencia firme. Tras ello, el pasado 28 de octubre volvió a ingresar de manera voluntaria en un centro de menores, siendo a partir de esta fecha cuando el condenado, según la fiscal, debería cumplir 685 días de internamiento.

La fiscal analiza en primer lugar la posibilidad de que el 'Cuco' vaya a prisión, y argumenta que un requisito "fundamental" para ello es que la conducta de la persona internada "no responda a los objetivos propuestos", tras lo que señala que, en el expediente del condenado, se puede observar que en el periodo en que se encontró cumpliendo la medida cautelar de internamiento realizó acciones que motivaron la incoación de dos expedientes disciplinarios, el primero por guardar una cuchilla dentro de unas zapatillas y el segundo por un altercado mantenido después de que fuera conocida su identidad en el centro.

Evolución "positiva" del 'CUCO'

Tras remarcar que cumplió una sanción por ambas acciones, que motivaron la modificación de su plan de intervención, la fiscal hace referencia en su escrito, consultado por Europa Press, al informe final de su internamiento en el centro, que dice que "en la recta final de su internamiento ha permanecido internado con una mayor estabilidad, evolucionando de forma positiva con respecto a los objetivos fijados".

Asimismo, y respecto al informe realizado en torno a la estancia del 'Cuco' en el piso tutelado, la fiscal recuerda que en el mismo "se relatan los altibajos, sobre todo en su estado anímico, teniendo en cuenta que durante su estancia" en el piso "tuvieron lugar las sesiones del juicio". Así, este informe señala que "ha mostrado una progresión más ordenada, alejado de las frecuentes ofuscaciones y respetando las indicaciones recibidas y la dinámica interna de funcionamiento", y finaliza diciendo que "hay que reforzar positivamente los logros alcanzados por el menor".

Aunque reconoce que el entonces menor de edad quebrantó la orden de alejamiento respecto a la familia de la víctima, estima que "ello no puede interpretarse como incumplimiento por el menor de los objetivos marcados en la sentencia, puesto que aún no se había dictado". Agrega la fiscal que, una vez la sentencia del Juzgado de Menores fue firme, el 'Cuco' ingresó de manera voluntaria en un centro el 28 de octubre de 2011, el mismo día en que fue citado ante el Juzgado para el ingreso en el centro el 2 de noviembre.

"no procede su pase a centro penitenciario"

Asimismo, y en la sentencia del Juzgado de Menores, se manifiesta que la medida de centro cerrado "tiene como finalidad hacer que el menor comprenda que actuó de forma incorrecta, que merece el reproche contundente y absoluto de la sociedad, y que asuma de manera definitiva su culpabilidad en los hechos, recapacitando sobre su conducta delictiva y sobre el daño o dolor que ha producido", así como que "modifique los hábitos de conducta y adquiera habilidades, recursos y conocimientos que le permitan un futuro comportamiento responsable en la sociedad".

"A la fecha de emitir el presente informe, no existe constancia de que la conducta del menor no responda a los objetivos propuestos en la sentencia, por lo que no procede su pase a centro penitenciario, sin perjuicio de que pudiera acordarse en otro momento si su evolución así lo aconsejara", según prosigue la fiscal, quien, a continuación, a pasa a analizar la forma de computar los días que el condenado ha pasado en un piso tutelado.

De este modo, y tras recordar que ha permanecido en piso tutelado 568 días, reconoce que, "mientras en la jurisdicción de mayores podemos hacer algún parangón con los supuestos de sustitución de determinadas penas específicamente regulados, sin embargo la Ley del Menor no contiene ningún tipo de referencia", por lo que se debe acudir a lo que "razonadamente se estime conveniente" en cada caso, considerando que se deben tener en cuenta la "gravedad" del hecho, "el daño" causado a la víctima y sus familiares; que el 'Cuco' "no muestra signos de arrepentimiento" y que "no asume el hecho cometido".

Cómputo de días

A estos cuatro factores hay que añadir, según la fiscal, el hecho de que el cumplimiento de la medida de alejamiento "ha sido correcto pero sin interiorizar los objetivos que se proponían", y la naturaleza de la medida de estancia en piso tutelado impuesta de forma simultánea a la de alejamiento, una medida la del piso que "es medida de medio abierto y que está catalogada en cuanto a su gravedad por debajo de la libertad vigilada".

Por todo ello, estima "idónea" la equivalencia de un día de internamiento a seis días en piso tutelado, y reconoce que "ciertamente se propone un cómputo ligeramente superior al recogido por la Fiscalía General del Estado". "Debe resaltarse la situación personal del menor y valorar la necesidad de trabajar con él para lograr la asunción del hecho y la responsabilización por su conducta; es por ello que el criterio de abono sugerido parece el más adecuado y permite abordar con perspectivas el trabajo" con el condenado, por lo que concluye que los 568 días del piso tutelado deben computarse como 95 días de internamiento.

Hay que recordar que el abogado del 'Cuco' solicitó que el tiempo que su cliente ha estado en el piso compute como internamiento en un centro de menores, con lo que quedaría en libertad entre los meses de septiembre y octubre de 2012, mientras que la familia de Marta interesó su ingreso en la cárcel. Ahora, deberá decidir el juez de Menores.

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