La Ley de Custodia Compartida entra finalmente en vigor en la Comunitat Valenciana

  • Una resolución del Tribunal Constitucional da luz verde a su aplicación.
  • El Gobierno había recurrido la ley, que estaba suspendida cautelarmente.
  • Consideraba que el texto vulneraba sus competencias sobre legislación civil.
Miembros de la Asociación de Padres y Madres Separados, durante una protesta el pasado mes de marzo, un mes antes de que se aprobara la ley.
Miembros de la Asociación de Padres y Madres Separados, durante una protesta el pasado mes de marzo, un mes antes de que se aprobara la ley.
EFE/ARCHIVO
Miembros de la Asociación de Padres y Madres Separados, durante una protesta el pasado mes de marzo, un mes antes de que se aprobara la ley.

La Ley de Custodia Compartida ha entrado definitivamente en vigor en la Comunitat Valenciana, después de que el BOE publicara el pasado sábado la resolución del Tribunal Constitucional que levanta la suspensión cautelar de la normativa, según fuentes de la Conselleria de Gobernación.

La ley, que se aprobó el 1 de abril, estaba suspendida cautelarmente por un recurso de inconstitucionalidad que habría interpuesto el Abogado del Estado por entender que el texto vulneraba sus competencias sobre legislación civil. El Gobierno autonómico dictó esta ley al amparo de la competencia que el Estatuto de la Autonomía atribuye a la Generalitat para conservar, modificar y desarrollar el derecho foral civil valenciano.

El TC no ha entrado en el fondo del asunto y entiende que no estaba acreditada la "gravedad" e "irreversibilidad" en la aplicación de algunos artículos cuestionados por el Gobierno central, por lo que entendió que no resultaba suficiente la invocación, por parte de la Abogacía, de estos perjuicios para aconsejar el mantenimiento de la suspensión hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo.

Lo que la Abogacía había recurrido suponía el establecimiento por decisión judicial de la custodia compartida en defecto de acuerdo de los progenitores. La Generalitat había solicitado, por su parte, el levantamiento de la suspensión; sin embargo, el Gobierno central se opuso al entender que con su aplicación podían producirse algunos perjuicios irreparables.

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