UCE Palencia aconseja a los 240.000 hipotecados en CyL con cláusula suelo que negocien su no aplicación

Unión de Consumidores (UCE) de Palencia, ante las últimas resoluciones dictadas por los juzgados y audiencias provinciales sobre la cláusula suelo de las hipotecas, y dado que las mismas son contradictorias entre sí, ha sugerido a los más de 240.000 consumidores hipotecados en Castilla y León con dicha especificación que negocien con sus respectivas entidades bancarias la no aplicación del "suelo de sus hipotecas".
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Unión de Consumidores (UCE) de Palencia, ante las últimas resoluciones dictadas por los juzgados y audiencias provinciales sobre la cláusula suelo de las hipotecas, y dado que las mismas son contradictorias entre sí, ha sugerido a los más de 240.000 consumidores hipotecados en Castilla y León con dicha especificación que negocien con sus respectivas entidades bancarias la no aplicación del "suelo de sus hipotecas".

Según los datos obtenidos por la UCE Palencia, el número de hipotecados con cláusula suelo en Ávila asciende a 15.850, frente a 36.690 en Burgos, 47.575 en León, 13.640 en Palencia, 30.000 en Salamanca, 15.375 en Segovia, 7.400 en Soria, 58.775 en Valladolid y 14.660 en Zamora, con lo que la cifra global en la Comunidad se eleva a 239.965.

Sin embargo, en la actualidad, la situación jurídica de dicha cláusula suelo aún no se ha clarificado pues, tal y como recuerda UCE Palencia a través de un Comunicado recogido por Europa Press, existen resoluciones contradictorias, "y será preciso esperar hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre esta cuestión".

Recientemente, la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de 7 de octubre de 2011 recurrida ante el Supremo, ha declarado válidas las cláusulas suelo y techo de las hipotecas de BBVA, Nova Caixa Galicia y CajaMar, tras admitir los recursos presentados por las tres entidades contra una sentencia que las declaró nulas por abusivas.

El fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla concluye que "no ha lugar a la nulidad de las cláusulas de los contratos de préstamo hipotecario a interés variable celebrados con consumidores y usuarios por las entidades demandadas que establecen un tipo mínimo de interés".

Por el contrario, el Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de León ha fallado el pasado 11 de marzo de 2011—la sentencia está recurrida ante la Audiencia Provincial—que la cláusula suelo de la entidad Caja España-Duero, tal y como venía siendo empleada por la entidad demandada, era abusiva por "la falta de semejanza entre las acotaciones al alza y a la baja comúnmente practicadas por la demandada en los préstamos hipotecarios suscritos a interés variable, en la medida en que pese a que la segunda se muestra potencial y realmente efectiva... sin embargo el prestatario no verá cubierto el riesgo de haber de afrontar una cuota muy superior en caso de producirse una tendencia alcista en la evolución del Euribor".

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