La Audiencia de Gipuzkoa condena a 10 meses de prisión a dos hombres por estafa informática

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a 10 meses de prisión a dos hombres por estafa informática. Uno de ellos obtuvo de forma fraudulenta las claves de acceso a la cuenta bancaria de un tercero y ordenó una transferencia de más de 3.000 euros a la cuenta del segundo condenado, que la había ofrecido en la Red para estos hechos con la finalidad de obtener lucro ilícito.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a 10 meses de prisión a dos hombres por estafa informática. Uno de ellos obtuvo de forma fraudulenta las claves de acceso a la cuenta bancaria de un tercero y ordenó una transferencia de más de 3.000 euros a la cuenta del segundo condenado, que la había ofrecido en la Red para estos hechos con la finalidad de obtener lucro ilícito.

En la sentencia, fechada el pasado 28 de octubre, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) en el plazo de cinco días hábiles, se condena a J.M.A.V., nacido en la Línea de la Concepción (Cádiz) y de 38 años de edad, y a S.A.G., natural de Villovela de Pirón (Segovia) y de 63 años, a 10 meses de prisión, respectivamente, por un delito continuado de estafa y otro de receptación, en su modalidad de blanqueo de capitales.

Los condenados deberán indemnizar, en concepto de responsabilidad civil a su víctima, A.L.R. en la cantidad de 3.363,43 euros, con los intereses y actualizaciones que procedan en ejecución de sentencia. Además, el Banco Banesto deberá abonar esa cantidad, respondiendo como responsable civil subsidiario en caso de insolvencia de los autores del delito.

En el juicio oral, celebrado el pasado 26 de septiembre, se consideró probado que el 3 de mayo de 2007, J.M.A.V. se conectó a Internet desde su domicilio, mediante la dirección IP 84.122.220.169, que le había sido asignada por su operador ONO y, así, teniendo en su poder las claves bancarias, obtenidas de forma fraudulenta, correspondientes a una cuenta de Banesto titularidad de un tercero ordenó una transferencia a nombre de esta persona y, sin su consentimiento, a otra cuenta que fue rechazada por el sistema de seguridad del banco afectado.

Un minuto después, y desde la misma dirección IP, ordenó una segunda trasnferencia a la cuenta del acusado S.A.G., quien había ofrecido una cuenta bancaria específicamente abierta para estos hechos, a través de Internet, con la finalidad de obtener lucro ilícito.

En este momento, los sistemas de autenticación y seguridad de Banesto no detectaron el origen fraudulento de la orden, y la transferencia se realizó. S.A.G. recibió la transferencia, por valor de 3.363,43 euros, hizo efectivos en ventanilla 3.060 euros, en la sucursal de Banesto en la plaza Mayor de Segovia, y los envió al extranjero mediante un servicio de envío postal de dinero. El acusado se quedó el resto del dinero en concepto de comisión.

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