Fiscal retira acusación a 6 personas y la mantiene contra el exalcalde de Colmenar y la arquitecta

La vista oral se celebrará en un juzgado de lo Penal al considerar la Sala que no es competente para el enjuiciamiento
Juicio Contra El Exacalde De Colmenar Pedro Fernández
Juicio Contra El Exacalde De Colmenar Pedro Fernández
EUROPA PRESS
Juicio Contra El Exacalde De Colmenar Pedro Fernández

La Fiscalía ha retirado la acusación contra seis procesados en relación con una licencia presuntamente irregular en Colmenar (Málaga) y ha mantenido la acusación sólo contra el exalcalde de dicha localidad Pedro Fernández y la que era entonces arquitecta municipal por un delito contra la ordenación del territorio. El juicio se celebrará en un juzgado de lo Penal al considerar la Sección Tercera que no es competente una vez se ha modificado la acusación.

La Audiencia ha suspendido el juicio previsto para este lunes por un delito de prevaricación urbanística contra Fernández, cuatro arquitectos, la pareja que promovió la obra y la persona que ejecutó la vivienda situada en suelo clasificado en la normativa vigente, según la acusación pública, como no urbanizable común. Además, se acusaba a tres de los procesados de un delito de falsedad en documento oficial.

Así, al inicio de la vista la fiscal ha retirado la acusación que había formulado por un delito contra la ordenación del territorio respecto a tres arquitectos, los promotores de la obra y la persona encargada de la ejecución; y también la que tenía por un delito de falsedad en documento público contra tres de los acusados. La acusación considera que ha prescrito el delito respecto de estos seis procesados.

Por contra, la Fiscalía sí ha mantenido la acusación por un delito de prevaricación urbanística contra el exregidor de Colmenar y la que en ese momento era arquitecta municipal, para los que solicita un año de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 10 años. El juicio contra estos dos acusados se celebrará en un juzgado de lo Penal, al considerar la Sala que no es competente para este enjuiciamiento, tras la modificación acusatoria.

La Fiscalía considera en sus conclusiones provisionales que la arquitecto-técnico del Consistorio informó a favor de una licencia de primera ocupación, "sabedora de la contrariedad palmaria en todos sus extremos con la legislación urbanística". Así, hizo constar "de forma ficticia" que había visitado la edificación y se procedía a otorgar licencia para uso relacionado con la explotación agrícola "cuando en realidad lo edificado era una vivienda unifamiliar de 150 metros cuadrados".

Respecto al exalcalde, la calificación provisional precisa que al pedirse la licencia "se aportaba por el solicitante un croquis de la distribución de la edificación en salón, comedor, cocina, baño, aseos y tres dormitorios, por lo que era evidente que lo que se pretendía autorizar no era una edificación agrícola". Se apunta que "fue conocedor de la discordancia absoluta entre lo que se solicitaba y la normativa urbanística y aún así resolvió conceder la licencia".

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