Condenada la concesionaria de una autopista por el accidente de un conductor que chocó con un perro

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a la concesionaria de la autopista que une las provincias andaluzas de Sevilla y Cádiz a pagar 595,94 euros a un conductor que sufrió un accidente tras chocar con un perro que se le cruzó en plena carretera.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a la concesionaria de la autopista que une las provincias andaluzas de Sevilla y Cádiz a pagar 595,94 euros a un conductor que sufrió un accidente tras chocar con un perro que se le cruzó en plena carretera.

De este modo, la parte demandada alegó que "no está acreditada" la existencia de la colisión del vehículo del conductor con un perro en la referida autopista, y que, "en todo caso", si dicha colisión se produjo "no fue por culpa de la concesionaria".

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Octava de la Audiencia Provincial pone de manifiesto que existen varias pruebas de la existencia del siniestro, como son la propia declaración del conductor y las fotografías que acreditan los daños de su coche, "cuya factura de la reparación bien se aporta".

En este sentido, la Sala relata además que el siniestro queda acreditado por la denominada comunicación de incidente que rellenó el conductor del coche, en el que "se contiene no sólo la circunstancia del atropello al perro, sino también la fecha en la que se produjo y el kilómetro de la autopista en el que se hallaba cuando acaeció" el incidente.

"Ninguna otra prueba puede practicar el conductor, si exceptuamos la declaración de los demás ocupantes del vehículo, que también se llevó a cabo", según prosigue la Audiencia, que recuerda que la concesionaria de la autopista, "además de justificar de forma exhaustiva el cumplimiento de sus obligaciones para mantener la misma en condiciones idóneas de seguridad para el tráfico, señaló que el atropello, si ocurrió, lo fue en un punto kilométrico muy próximo a una de las entradas a la autopista".

La Audiencia Provincial entiende que esa circunstancia "no exonera de responsabilidad a la concesionaria cuando, como ocurre en el caso enjuiciado, no se acredita que la entrada de la autopista tenga las condiciones de seguridad pertinentes y tampoco que fuera por la misma y no a través de una anomalía del vallado por donde se introdujera el animal", por lo que condena a la concesionaria a pagar 595,94 euros al conductor y al abono de las costas.

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