UGT alerta de las diferencias en la jornada laboral del profesorado de Secundaria, en función de cada CCAA

(((Esta noticia sustituye a la anterior sobre el mismo tema, por un error en el número de horas de la jornada laboral en C-LM, que aparece en el segundo párrafo. Es todo.)))

La Federación de Enseñanza de UGT (FETE-UGT) ha alertado de la "marcada diferencia" en el número total de horas de la jornada laboral del profesorado de Educación Secundaria, en función exclusivamente del lugar en el que se trabaje.

Así la jornada laboral del profesorado de educación Secundaria oscila entre las 35 horas semanales en Andalucía, Castilla y León o Navarra y las 37,5 de Aragón, Canarias, Cataluña o la Comunidad de Madrid, frente, por ejemplo a las 35 de Castilla-La Mancha.

Según un estudio realizado por el sindicato, cada comunidad autónoma determina la duración de la jornada laboral y las condiciones horarias de sus funcionarios docentes, pero existen características horarias generales que están recogidas en la Orden de 29 de junio de 1994, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria.

Asimismo, señala que dentro de su horario laboral semanal los profesores tienen que cumplir unas horas fijas de permanencia en el centro, que se dividen en 'lectivas' —atención directa al alumnado— y 'complementarias' —guardias, reuniones, tutorías de padres, etc.—. El resto, hasta alcanzar el horario laboral semanal, son de 'libre disposición' para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complementaria.

En el número de horas de permanencia en el centro se observan también diferencias, que van desde las 30 horas semanales en la mayor parte de las comunidades, hasta las 28 de Castilla y León, pasando por las 28,5 de Canarias o las 29 de Castilla-La Mancha, La Rioja y Murcia.

Tampoco los periodos lectivos mínimos semanales son idénticos en toda España, según denuncia FETE-UGT, que señala que las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria (orden de 29 de junio de 1994) establecen una horquilla que deben concretar las comunidades.

El número mínimo en la mayoría de ellas es de 18, si bien en Castilla y León y Murcia está fijado en 17, pudiendo llegar de manera excepcional a 20 y 19, respectivamente. Por el contrario, en Castilla-La Mancha y Madrid los períodos lectivos son desde este curso de 20, y en Cataluña, de 19.

El estudio muestra también que las diferencias se extienden igualmente a asuntos como el de las tutorías, que varían "notablemente" al comparar unas comunidades autónomas con otras, pues no solo es diferente el número de horas que debe dedicar el profesorado a la función tutorial, sino también el hecho de que estén remuneradas o no, así como su cuantía económica.

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