La Junta aprueba la nueva regulación del Registro de Agentes Estadísticos de Andalucía

El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo decreto regulador del Registro General de Agentes Estadísticos de Andalucía. Esta norma sustituye a la vigente desde 1993 con el doble objetivo de agilizar procedimientos e incorporar la tramitación telemática.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo decreto regulador del Registro General de Agentes Estadísticos de Andalucía. Esta norma sustituye a la vigente desde 1993 con el doble objetivo de agilizar procedimientos e incorporar la tramitación telemática.

El registro, adscrito al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, tiene como objeto la inscripción de todas aquellas personas físicas que, por razón de su actividad, tienen acceso a información protegida por el deber del secreto en esta materia.

La estructura de este censo se divide en dos secciones; la primera para el personal del Sistema Estadístico y Cartográfico de la Administración autonómica y la segunda para el de las empresas y entidades que suscriben con la Junta acuerdos y contratos de elaboración de estadísticas oficiales.

Las personas de la primera sección permanecen inscritas mientras desarrollan actividad estadística en sus puestos de trabajo y las de la segunda durante el tiempo del contrato o acuerdo que su entidad o empresa tenga suscrito con cualquiera de los órganos del Sistema.

Los datos que se incorporan de cada agente son los necesarios para asegurar la adecuada trazabilidad del uso de toda la información protegida por el secreto estadístico. Con este fin, el decreto aprobado por el Consejo de Gobierno también establece nuevos formularios normalizados de solicitudes de inscripción, renovación, cancelación o modificación de datos.

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