El TS delibera este martes sobre la refundición de penas del preso Miguel Montes Neiro

Su familia ha convocado una concentración a las puertas del alto tribunal
Manifestación Por La Libertad De Montes Neiro
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MONTES NEIRO
Manifestación Por La Libertad De Montes Neiro

El Tribunal Supremo (TS) deliberará este martes sobre la refundición de penas del preso Miguel Montes Neiro, que ingresó en prisión por primera vez en 1966 y que actualmente cumple condena en Albolote (Granada).

El alto tribunal dictará una resolución de la que será ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, según informaron fuentes jurídicas. Será la segunda ocasión en la que el Supremo estudiará este asunto, después de que el pasado 14 de abril no pudiera resolver sobre la excarcelación de Montes Neiro por falta de datos. Mientras se produzca la liberación, familiares y amigos del recluso se concentrarán a las puertas del Tribunal Supremo.

La Sala de lo Penal anuló entonces el auto dictado por la Audiencia Provincial de Granada que rechazaba refundir sus penas y solicitó a este órgano que emitiera otro "con la debida claridad". Estimó así conveniente que el tribunal de instancia detallase las sentencias firmes cuyas penas se pretendían refundir y concretara los periodos de prisión preventiva sufridos por el interno y a qué ejecutoria fueron abonados.

La Audiencia Provincial de Granada dictó un auto días más tarde en el que volvía a rechazar la petición del preso e incluía como novedad el relato íntegro de las sentencias condenatorias cuya refundición solicitaba el recluso.

En concreto, recogió el fallo de fecha 30 de mayo de 1998, cuando fue condenado a cuatro años y medio de cárcel por un robo en enero de 1997; otro de 7 de enero de 1998, cuando le fue impuesta una pena de doce años y medio, por otros hechos que se remontan al 23 de diciembre de 1996; y un tercero de 2 de marzo de 2009, referido a un incidente que se produjo el 3 de febrero de 2009, en el que Montes Neiro, que llegaba a la Audiencia Provincial en un furgón policial, incitó a sus familiares a que denunciaran a un guardia civil que le había dado un pellizco.

Además, los magistrados de la Audiencia advirtieron de que el 19 de abril del pasado año ya se realizó al preso la "correspondiente liquidación de condena" en la que se le "descontó el período de prisión preventiva computable", que ascendía a 1.327 días. "Dicho período de prisión preventiva fue el aplicado al no haber constancia de que durante ese tiempo estuviese en prisión preventiva por ninguna otra causa", esgrimieron.

El tribunal insistió en que no cabe refundir las penas solicitadas porque la doctrina del Tribunal Supremo exige "como requisito inexcusable" que los hechos delictivos se pudieran haber enjuiciado en un sólo proceso, "lo que excluye los delitos futuros, es decir, los que el condenado pueda cometer después del cumplimiento de su condena o durante la misma".

Lo contrario, sostuvo, "significaría una especie de crédito a su favor que actuaría como patente de corso frente a posteriores hechos delictivos". En ese sentido, como la refundición pretendida se refiere a dos sentencias de mayo y enero de 1998, y una última de un juicio de faltas en 2009, rechazó aceptar la solicitud del demandante. En esta ocasión, la familia de Montes Neiro ha convocado una concentración a las puertas del alto tribunal coincidiendo con la deliberación del asunto.

Informes negativos a su indulto

Pese a no tener delitos de sangre, Montes Neiro, natural de Granada y de 60 años de edad, lleva desde 1976 sin acceder a la libertad, siquiera provisional. La dilatación de sus condenas se debe a sus intentos de fugas. El último de ellos, ocurrido en noviembre de 2009 en un permiso penitenciario para asistir al velatorio de su madre en Granada.

La situación de Montes Neiro se ve agravada por la reciente entrada en vigor del nuevo Código Penal, que no permite que los excesos en el cumplimiento de prisión preventiva sean descontados en causas diferentes.

No obstante, y según alega la defensa de Montes, la jurisprudencia avala que en casos de cambio de legislación prevalezcan las normas que resulten más beneficiosas para el reo.

En ese contexto, la defensa de Montes Neiro, representada por Félix Ángel Martín García, ha pedido al Supremo que revise la contabilidad de los días en prisión que lleva el recluso, habida cuentas de que, según sus cálculos, tenía que cumplir 13.300 días de prisión y que debió salir de la cárcel en marzo de 1994.

El preso ha solicitado al Ejecutivo que tramite su indulto. Sin embargo, cuenta con tres informes negativos, el del centro penitenciario de Granada, el de la Audiencia Provincial y el del fiscal, según ha explicado su abogado, Félix Ángel Martín García.

En declaraciones a Europa Press, el letrado considera "previsible" el sentido de esos informes porque el historial delictivo de Montes Neiro, máxime con sus intentos de fuga, tiene "mil argumentos jurídicos o penales" para mantenerle en prisión pero cree que el recluso tiene que abandonar la cárcel por motivos humanitarios.

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