El juzgado notifica a Gimeno, exedil del PP, el auto por el que se le imputa en el 'caso Emarsa'

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha notificado al exedil del PP en el Ayuntamiento de Valencia Juan Carlos Gimeno el auto por el que se le imputa en el conocido como 'caso Emarsa', según han informado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha notificado al exedil del PP en el Ayuntamiento de Valencia Juan Carlos Gimeno el auto por el que se le imputa en el conocido como 'caso Emarsa', según han informado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Gimeno ha acudido este lunes al órgano judicial para informarse por su situación en esta causa, y en ese momento se le ha notificado el auto —de fecha 7 de noviembre— por el que se le imputa por presuntas irregularidades en sus contratos y facturaciones a la Empresa Metropolitana de Aguas Residuales de Valencia S.A. (Emarsa) a través de dos de sus sociedades: Instituto de Empresa del Mediterráneo S.L. (IEM) y CRM Adecua S.L.

Tras habérsele notificado, Gimeno podrá presentarse en cualquier momento en el juzgado junto a un abogado para personarse en la causa y defender sus derechos. Si no lo hace, será el juzgado el que lo cite un día determinado para hacer efectiva esta personación y tomarle declaración en calidad de imputado.

En el auto de 7 de noviembre, el juez pedía que se recabase la hoja histórica penal de Gimeno y que se realizasen las consultas necesarias para averiguar su patrimonio, medios de vida y, en caso de que sea titular de cuentas bancarias, que se recabasen extractos desde el 13 de octubre de 2004 hasta la actualidad. También solicitaba certificaciones de las dos nuevas sociedades investigadas.

Con ello, el magistrado aceptaba la ampliación de la querella interpuesta por la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi) —acusación particular—, que ponía en conocimiento del magistrado estas nuevas "irregularidades" detectadas en las facturas emitidas por dos mercantiles presididas por Gimeno.

Gimeno fue trabajador de Emarsa entre los años 1997 y 2004 como encargado de gestión ambiental. Según denunció la Emshi, simultáneamente a la finalización de la relación laboral con Emarsa y al cobro del finiquito, constituyó la empresa IEM y firmó un contrato de prestación de servicios con Emarsa. Además, el contrato suscrito con Emarsa se firmó el 21 de octubre de 2004, cuando IEM se había constituido el 13 de octubre y no fue inscrita en el Registro Mercantil hasta el 5 de noviembre.

Respecto a las facturaciones, a la Emshi le consta que IEM le reclamó el pago de un pagaré de 9.722,28 euros con vencimiento de 20 de septiembre de 2010, "sin acreditar la realización de los trabajos, las mensualidades a las que pertenece y sin aportar las facturas que lo justifiquen".

Asimismo, esta sociedad requirió el pago de 355.211,20 euros en concepto de mensualidades vencidas y no abonadas, y de indemnización por resolución anticipada de un contrato de prestación de servicios suscrito en 2004. Al respecto, según alegaba el reclamante, Emarsa "quedaría obligada a abonar la totalidad de las mensualidades que resten hasta el fin de la vigencia del contrato, siendo ésta el 31 de diciembre de 2016, y todo ello en virtud de una cláusula indemnizatoria".

Sin embargo, Emshi alegó que no consta en sus archivos ningún contrato suscrito entre IEM y Emarsa en 2004, mientras que sí hay alguno entre 2008 y 2010, pero sin cláusula indemnizatoria. "ENGAÑARLE"

Ante ello, Emshi amplió su querella contra esta entidad al entender que el querellado pretendía engañarle, cuando tras haber suscrito varios contratos con el exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta, —también imputado en la causa— del mismo tipo de los que se investigan en el procedimiento, "aparece con un contrato del año 2004 que no estaba en los archivos".

Respecto a CRM Adecua, consta —según la documentación de Emshi— un contrato con dos fechas distintas, el 1 de agosto de 2005 en el encabecimiento y el 1 de enero de 2004 en el pie de la firma, contrato que se suscribe por un plazo de cinco años y siendo uno de los servicios contratados la implantación de sistemas de gestión conforme a las normas ISO, es decir, el mismo objeto que los distintos contratos suscritos con IEM y por un periodo de vigencia coincidente.

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