El Justicia sugiere al Ayuntamiento de Ejea que ajuste los límites acústicos de la deshidratadora de Pinsoro

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha sugerido al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros que, en el ejercicio de las competencias de control de actividades, aplique las medidas correctoras precisas para que el funcionamiento de la deshidratadora del núcleo rural de Pinsoro se ajuste a los límites acústicos y de emisiones para evitar los actuales problemas a los vecinos.
Fernando García Vicente, Justicia De Aragón
Fernando García Vicente, Justicia De Aragón
EUROPA PRESS
Fernando García Vicente, Justicia De Aragón

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha sugerido al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros que, en el ejercicio de las competencias de control de actividades, aplique las medidas correctoras precisas para que el funcionamiento de la deshidratadora del núcleo rural de Pinsoro se ajuste a los límites acústicos y de emisiones para evitar los actuales problemas a los vecinos.

Desde el Justiciazgo se ha recordado que el 28 de marzo de 2003, cuando se remitió una resolución al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, se formulaban diversas sugerencias que, "a pesar de no haber sido respondidas de forma expresa, se han ido cumpliendo en alguna medida".

Estas sugerencias ha sido relativas a las molestias de actividades que repercuten en el interior del domicilio, la incidencia del ruido en la seguridad y salud de los trabajadores, la necesidad de zonificación de usos potencialmente molestos, las licencias de apertura y de obras y el ejercicio de actividades clasificadas o las actuaciones institucionales y privadas en esta materia.

Sin embargo, Fernando García Vicente ha estimado que "debe llamarse la atención del Consistorio ejeano sobre la necesidad de intervenir para el cumplimiento de las medidas ordenadas, que no imposibilitan el ejercicio de la actividad, sino que lo reconducen en los límites legalmente establecidos sobre ruidos y emisiones a la atmósfera".

Para el Justicia de Aragón, esta intervención resulta "especialmente exigible" en este caso, "no solo por la obligatoriedad de ejercer realmente las competencias municipales, sino también por tratarse de un problema derivado de una incorrecta planificación".

Los hechos se remontan al año 2002, cuando el Justiciazgo tramitó un expediente debido a las molestias que generaba a los vecinos de Pinsoro la deshidratadora de alfalfa instalada poco tiempo antes.

En ese expediente "se acreditó la falta de ejercicio por parte del Ayuntamiento de sus competencias de vigilancia y control", al que se le instaba a "la imposición de medidas correctoras para evitar los problemas de ruido, polvo en suspensión, circulación de vehículos pesados, entre otras, que evitasen las molestias de esta actividad para los vecinos por encima de los límites establecidos para el suelo residencial".

También se señalaba que "el principal inconveniente de esta industria era su proximidad excesiva al casco urbano". Así, se ponía de manifiesto la "inadecuada regulación" de esta materia en el Plan General de Ordenación Urbana de Ejea de los Caballeros, dado que muchas de las zonas industriales en los barrios rurales están contiguas a los cascos urbanos, "sin que se haya establecido una regulación precisa de los usos, intensidades y limitaciones para ejercer las actividades industriales".

En el expediente remitido al Ayuntamiento se subrayaba que "la construcción en suelo no urbanizable en un lugar suficientemente separado del casco urbano hubiese evitado las molestias de ruidos, humos, polvo o problemas de tráfico de vehículos en casco urbano".

Las sugerencias "no fueron respondidas por el Ayuntamiento y se procedió al archivo del expediente", según añade el Justicia de Aragón, para apuntar que "a pesar del tiempo transcurrido, parece que la actividad todavía no funciona correctamente desde el punto de vista ambiental en cuanto al ruido y emisión de polvo que, a tenor de la nueva queja recibida, se siguen produciendo, con el consiguiente perjuicio para los vecinos".

En la nueva queja se aportan datos de junio de 2005 en los que se afirmaba que "entre las 2.00 y las 2.45 horas las mediciones, con el sonómetro

Cesva sc2, nos dan valores de hasta 42 decibelios cuando en la planta deshidratadora arrastran la pala cargadora por el suelo, en momentos puntuales y entre 34 y 36 decibelios en momentos prolongados, causados por los chirridos estridentes del molino".

A todo ello añaden que se detecta "fuerte olor de la fermentación de la alfalfa y la nube de polvo de las máquinas trabajando, junto al agravante del calor que estamos padeciendo estas noches (junio), además del tráfico de vehículos agrícolas que acceden al recinto".

Desde el Ayuntamiento de Ejea se respondió a la petición del Justiciazgo y se trasladó que "la mayor parte de las medidas correctoras impuestas han sido aplicadas" para preciar que "la ejecución de alguna de esas medidas resulta difícil de valorar".

El escrito municipal detallaba que sobre el exceso de ruidos "se superan los límites incluso tras la aplicación de las medidas correctoras establecidas" para señalar que "sería conveniente una medición en continuo".

Medidas incompletas

En cuanto a la afección de partículas en suspensión, el Consistorio aseveraba que "se cumplen, de acuerdo con las mediciones realizadas, los límites establecidos por la normativa vigente" y agregaba que "sería deseable llevar a cabo mediciones en continuo para comprobar si se cumple en todo momento".

En noviembre de 2008, la sociedad Alfalfas de las Bardenas, aportó documentación al Ayuntamiento consistente en la medición en continuo de los niveles de ruido realizada por una consultora de ingeniería que se remitió al Justiciazgo.

Tras analizarla, García Vicente ha deducido que se trabaja en la línea de cumplimiento de las medidas correctoras establecidas por el Ayuntamiento para paliar los efectos molestos o nocivos de la actividad, si bien "se detectan todavía algunas deficiencias puntuales que habrán de subsanarse".

Entre las medidas que "todavía no se han cumplido, total o parcialmente" ha enumerado la implantación de un sistema de gestión medioambiental y su control y seguimiento; el control periódico de emisiones de ruidos que únicamente se dice que se han realizado 3 desde 2003; acciones para evitar la generación de polvo y su dispersión; y el control periódico de medidas correctoras y medición de gases y partículas, entre otras.

Sobre las medidas en las que el Justicia de Aragón ha detectado que "su cumplimiento presenta dudas", ha citado el uso de la puerta lateral para acceso nocturno y diurno, más alejada de las viviendas, y "se ha comprobado in situ que esta puerta no se utiliza"; las inspecciones se han realizado el 28 de noviembre, cuando la planta está en periodo de baja actividad o parada y cuando hace tiempo que ha concluido la campaña del alfalfa.

García Vicente sostiene que "se incurre en una cierta dejación de competencias cuando se alude", por ejemplo, a que no se ha podido comprobar el horario de funcionamiento de la deshidratadora y recuerda que "existe un informe relativo a una comprobación efectuada por la Policía Local de Ejea los días 5 y 8 de marzo, en horario de 23.53 y 23.00 horas, fechado el 9 de marzo de 2010 y dirigido a la empresa" en el que se señala que conforme a la normativa autonómica, los horarios de funcionamiento de las deshidratadoras están marcados de 10.00 a 19.00 horas, y fuera de estos horarios el Gobierno de Aragón "no concede el derecho a percibir ayudas".

Tras comprobar los servicios policiales el "incumplimiento" de estos horarios, el Justicia ha requerido que acomoden su actividad a los horarios legalmente establecidos.

"Su bien el informe manifiesta la "voluntad" de la empresa de aplicar las medidas correctoras establecidas por el Ayuntamiento para paliar los efectos molestos o nocivos de la actividad, "no se ha aportado la documentación que acreditase estos extremos ni el cumplimiento de las condiciones impuestas hace ya más de ocho años, solicitada en varias ocasiones, ni acreditado las actuaciones realizadas desde esa instancia para que se llevasen a la práctica", concluye el Justiciazgo.

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