Condenado a pagar 240 euros de multa por propinar un puñetazo a un vecino

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 240 euros por propinar un puñetazo a un vecino, a quien deberá indemnizar con 90 euros tras haberle causado un edema en la región mandibular izquierda que le mantuvo tres días impedido.

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 240 euros por propinar un puñetazo a un vecino, a quien deberá indemnizar con 90 euros tras haberle causado un edema en la región mandibular izquierda que le mantuvo tres días impedido.

Según la sentencia de la sección tercera de la Audiencia recogida por Europa Press, el tribunal confirma de este modo la sentencia del juzgado de Instrucción número 2 de Lliria (Valencia), que condenó al procesado en primera instancia y contra la que éste interpuso un recurso de apelación basado en un error en la valoración de la prueba.

El relato de hechos probados señala que el 2 de noviembre de 2010 el acusado, vecino de la localidad de Loriguilla, se encontraba en el rellano de su finca cuando golpeó a un vecino causándole las citadas lesiones.

No obstante, la defensa señala en el recurso que esta versión no es cierta, por lo que reclama la absolución del procesado y reclama, en cualquier caso, de forma subsidiaria que la pena de multa le sea conmutada por trabajos en servicio a la comunidad o se le permita pagarla en plazos dada su falta de medios para satisfacerla.

Respecto al esgrimido error en la valoración de la prueba, la Audiencia recuerda que el juzgador posee una singular autoridad a la hora de evaluar las pruebas, dado que se practicaron en su presencia, y califica las alegaciones de "vacías de contenido", dado que el propio acusado reconoció haber forcejeado con el denunciante y existe, además, un informe del médico forense que acredita las lesiones.

Respecto a la petición del pago a plazos de la multa, señala que el Código Penal establece la posibilidad de que el condenado tramite esa petición ante el juzgado encargado de ejecutar la pena y que, en caso de que no se pudiera satisfacer, prevé la posibilidad de que se cumpla mediante la localización permanente.

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