Declaran culpable de asesinato al hombre que incendio la casa que compartía con su pareja

Un jurado popular ha declarado culpable por unanimidad a S.F.E.M., el hombre de 50 años que hace un año prendió fuego intencionadamente a la vivienda que compartía con su pareja, quien falleció por inhalación de humo después de tratar de sofocar el incendio con cubos de agua ya que el acusado ató la puerta del inmueble con una cuerda, lo que "imposibilitó" que la víctima "pudiese salir al exterior".

Un jurado popular ha declarado culpable por unanimidad a S.F.E.M., el hombre de 50 años que hace un año prendió fuego intencionadamente a la vivienda que compartía con su pareja, quien falleció por inhalación de humo después de tratar de sofocar el incendio con cubos de agua ya que el acusado ató la puerta del inmueble con una cuerda, lo que "imposibilitó" que la víctima "pudiese salir al exterior".

El veredicto, hecho público en la tarde de este jueves ante el tribunal presidido por el magistrado Manuel Espinosa, considera probado que S.F.E.M. causó la muerte de forma intencionada a su compañera sentimental, de 35 años, y remite para argumentar la resolución que el procesado reconoció el crimen ante el agente de la Guardia Civil instructor del caso y una médico forense del Instituto de Medicina Legal de Almería.

El jurado subraya, asimismo, las "numerosas contradicciones" en las que incurrió en su declaración ante la sala, en la que negó ser el autor de los hechos, y el relato que tres de los testigos hicieron durante la segunda sesión de la vista oral celebrada en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. En concreto, señala que una vecina lo situó "delante" de la vivienda "mientras salía humo" al tiempo que su hermana aseguró que, minutos después, llegó "con evidentes signos de nerviosismo" a su casa.

Considera, asimismo, prueba de cargo el testimonio del sobrino del acusado, que un día después del incendio acudió al inmueble siniestrado y halló la puerta de acceso "atada con una cuerda". El veredicto descarta que S.F.E.M. actuase con sus capacidades mermadas y, pese a que le reconoce un "leve retraso mental", estima probado por el informe pericial forense que estaba "en pleno uso de sus facultades y tenía voluntad libre" cuando cometió el crimen y que, además, era capaz de "distinguir entre el bien y el mal".

El jurado, que comenzó a deliberar en la mañana de este jueves tras cuatro sesiones de juicio, aplica, asimismo, la agravante de parentesco y no se pronuncia sobre la posibilidad de remisión de condena o indulto.

Tras la lectura de la resolución, la fiscal ha solicitado la pena de 18 años y seis meses de prisión, petición a la que se han adherido acusaciones particulares ejercidas por la familia de la víctima, quien había presentado meses antes de su muerte una denuncia por malos tratos contra su asesino que luego no ratificó, y la Junta de Andalucía. La defensa por su parte ha anunciado la interposición de recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El cuerpo sin vida de la mujer, quien no presentaba signos de violencia y que falleció por falta de oxigeno debido a la inhalación de humo, fue hallado a las 11,00 horas del 20 de noviembre de 2010 por efectivos del parque de bomberos de El Ejido que acudieron a sofocar el fuego que se había desatado en una vivienda ubicada junto a la carretera del Sector 4, en el paraje conocido como Fuente Nueva.

S.F.E.M. fue arrestado dos días después de que los datos recabados durante la instrucción de la Guardia Civil descartasen la hipótesis inicial de un incendio fortuito y apuntasen a que el fuego, que se inició al parecer en las cortinas del dormitorio donde dormía la víctima, había sido provocado. El jurado descarta el su veredicto que, como sostiene la defensa, se tratase de un suicidio ya que junto al cadáver se hallaron varios cubos de agua.

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