El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha prohibido a J.M.R.R. conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año por superar en más de cien kilómetros la velocidad establecida, toda vez que circulaba a 183 kilómetros por hora cuando era conductor novel y estaba en vigor la normativa que impedía circular a más velocidad de 80 kilómetros hora durante el primer año de permiso de conducir.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se relata que el acusado, sobre las 16,20 horas del 1 de enero de 2010 conducía por el kilómetro 16 de la autovía A-44 un vehículo a una velocidad de 183 kilómetros por hora resultando que, al ser conductor novel, pues obtuvo el carné el 5 de junio de 2009, tenía prohibido conducir a más de 80 kilómetros hora.
De este modo, y como consecuencia de unos hechos constitutivos de un delito contra la seguridad del tráfico a la pena de 31 un días de trabajos en beneficio de la comunidad y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día, siendo esta sentencia firme al haberse anticipado en el acto del juicio por parte de la Fiscalía, el acusado y la defensa su deseo de no recurrir.
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