FACUA denuncia a Iberia, Spanair y Air Europa por el recargo en la emisión de billetes

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha presentado una demanda judicial en los Juzgados de lo Mercantil de Madrid contra las tres principales compañías aéreas que operan en España, Iberia, Spanair y Air Europa.El motivo no es otro que el incremento del precio de los billetes con cargos adicionales por su emisión contrarios a la legislación vigente en materia de protección de los consumidores y navegación aérea.
FACUA considera abusivos los recargos por emisión de billetes. (Buzznet)
FACUA considera abusivos los recargos por emisión de billetes. (Buzznet)
Buzznet
FACUA considera abusivos los recargos por emisión de billetes. (Buzznet)

“La demanda ha sido interpuesta como consecuencia de la pasividad del Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad y Consumo, que todavía no ha dado respuesta a las reiteradas denuncias presentadas por FACUA desde mayo de 2004”, denuncia la Federación de Consumidores en Acción.

El pasado enero, la Federación presentó una queja ante el Defensor del Pueblo por la falta de diligencia y atención del INC.

Entonces, como ahora, Facua ha pedido a los tribunales una acción de cesación para que "se repute nula, por abusiva la cláusula general que establece el cargo adicional por emisión de billetes" y "que dicha cláusula la eliminen las demandadas de sus condiciones generales".

Cientos de millones

Según Facua, las compañías demandadas ingresan cientos de millones de euros cada año con estos cargos por la emisión de los billetes que oscilan entre 12 y 96 euros.

La cantidad depende del destino del vuelo, la clase elegida, el tipo de billete (papel o electrónico) y la forma de compra (telefónica, en oficinas o por Internet).

De hecho –y siempre según Facua- Iberia e Spanair llegan a aplicar un segundo recargo, de 15 euros, si el usuario solicita un billete en papel en lugar de su versión electrónica.

Hay casos en los que el recargo por emisión llega a superar el precio del billete ofertado en publicidad.

Por encima del 10% de ingresos

Los cálculos elaborados por FACUA son claros.

Teniendo en cuenta que en 2005 Iberia transportó 27,7 millones de pasajeros (32,4 millones junto a Iberia Regional/Air Nostrum), FACUA advierte de que los cargos por emisión de billetes durante ese periodo pudieron superar de forma considerable sus beneficios netos, 395,8 millones de euros, y representaron una cifra por encima del 10% de sus ingresos de explotación, que alcanzaron los 4.929,12 millones de euros.

FACUA argumenta en su demanda que la introducción, además del precio por el vuelo, de estos cargos adicionales en las condiciones generales de la contratación de las compañías, suponen una cláusula nula, ya que va contra la ley.

El amparo de la ley

“Este recargo es un elemento accesorio de la tarifa aérea, sometido por tanto a la legislación en materia de protección de los consumidores”, se especifica desde FACUA.

La Ley, 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Lgdcu), establece en su disposición adicional primera que es una cláusula abusiva "la imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por Ley imperativa correspondan al profesional" (apartado V, cláusula 22).

En este sentido, tres normativas establecen que la emisión del billete es una obligación inexcusable del transportista: el artículo 92 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de navegación aérea, el artículo 3 del Convenio de Varsovia, de 12 de octubre de 1929, y el artículo 3 del Convenio de Montreal, de 28 de mayo de 1999.

La Lgdcu define como cláusula abusiva "los incrementos de precios por servicios accesorios (...) que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso expresados con la debida claridad o separación" (disposición adicional primera, apartado V, cláusula 24).

Pasividad del Gobierno

En mayo de 2004, FACUA denunció ante el INC a Iberia, Spanair, Air Europa por la aplicación de estos recargos.

Tras consultar a la Comisión Europea sobre la aplicación de estos recargos, ésta confirmó que se considera un concepto integrado en el término de tarifa aérea

Según la Federación de Consumidores, el organismo del Ministerio de Sanidad y Consumo se limitó a trasladar la denuncia a la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, un organismo que carece de competencias en materia de protección de los consumidores.

"En su respuesta indicó que, tras consultar a la Comisión Europea sobre la aplicación de estos recargos, ésta confirmó que se considera un concepto integrado en el término de tarifa aérea y, como consecuencia, está totalmente liberalizado", han matizado .

  NOTICIAS ANTERIORES 

         ENLACES RELACIONADOS

Mostrar comentarios

Códigos Descuento