Condenan a un hombre por abandonar a su mujer y sus 3 hijos y no pagar los gastos de subsistencia

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena dictada por un Juzgado de lo Penal de la capital contra un hombre por abandonar a su familia y dejar de pagar los gastos básicos para la subsistencia de su mujer y sus tres hijos, desestimando, así, el recurso de apelación interpuesto por el acusado, al que se impone el pago de una multa de 3.000 euros.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena dictada por un Juzgado de lo Penal de la capital contra un hombre por abandonar a su familia y dejar de pagar los gastos básicos para la subsistencia de su mujer y sus tres hijos, desestimando, así, el recurso de apelación interpuesto por el acusado, al que se impone el pago de una multa de 3.000 euros.

Según se declaró probado, el acusado abandonó en el mes de marzo de 2009 el domicilio familiar, ubicado en la capital malagueña, en el que convivía con su mujer y sus tres hijos menores de edad, "dejando de abonar el importe del alquiler y de los medios necesarios para su subsistencia, pese a ser el único preceptor de ingresos económicos en la familia".

Así, se señala que se marchó a Marruecos donde obtuvo el divorcio de su esposa. El juzgado le condenó por un delito de abandono de familia, aunque contra esa sentencia se presentó un recurso de apelación por la defensa del procesado, alegando error en la valoración de la prueba y vulneración fundamental a la presunción de inocencia y pidiendo la absolución.

Ahora, la Sala, en su resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, considera que no se han desvirtuado las consideraciones que tuvo en cuenta la jueza, pues se entiende que se trata de un caso en el que el padre, "ni directamente ni a través de otra persona", ha prestado la asistencia necesaria para la subsistencia de su familia, tras abandonarla.

En este punto, se indica que se tuvieron en cuenta las pruebas practicadas, especialmente la declaración de la mujer y madre de los menores, que reveló "la situación de abandono sufrida tanto en cuanto a su alimentación como a su cuidado". Insistió, según la sentencia, en que se marchó y "no les ha pagado dinero alguno ni ha querido estar en su compañía", llevando dos años sin verlo.

A esto se añade, sigue la resolución, la documentación presentada que "viene a corroborar" estos elementos del delito, argumentando la Sala que, aunque el acusado presentó demanda de divorcio en Marruecos, "hasta que se dictó sentencia continuó la situación de desvalimiento de su familia". Por esto, considera "correctos" los fundamentos de la sentencia recurrida.

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