Absuelven de violencia de género a un hombre que forcejeó con su ex mujer para llevarse ambos a su hijo

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un hombre, que había sido condenado anteriormente a nueve meses de cárcel por un delito de violencia de género contra su ex mujer, al considerar que no está demostrado que le causara lesiones a ésta, sino sólo que hubo un forcejeo entre ellos para tratar de llevarse cada uno al hijo de ambos, menor de edad.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un hombre, que había sido condenado anteriormente a nueve meses de cárcel por un delito de violencia de género contra su ex mujer, al considerar que no está demostrado que le causara lesiones a ésta, sino sólo que hubo un forcejeo entre ellos para tratar de llevarse cada uno al hijo de ambos, menor de edad.

La sentencia, dictada por la sección tercera de la Audiencia, estima totalmente el recurso interpuesto por el acusado contra la sentencia dictada en noviembre de 2010 por el Juzgado de lo Penal número Cinco de Santander. Además de absolver al recurrente de la pena de prisión, deja sin efecto las medidas cautelares adoptadas en el auto y declara las costas de oficio.

La Audiencia considera probado que el 30 de octubre de 2010, sobre las 17.30 horas, el acusado quedó con su ex esposa, con la que se encontraba en trámites de divorcio, para entregarle al niño, ya que aunque ese fin de semana le correspondía quedarse con él, la madre le había pedido que se lo dejara para llevarle a la inauguración de una tienda de juguetes de Santander, a lo que él había accedido.

Cuando el niño ya se encontraba dentro del coche de la mujer, en la Plaza del Ayuntamiento, ambos progenitores empezaron a discutir debido a que ella le reprochó a él cómo iba vestido su hijo, por lo que el padre decidió que no se lo llevara la madre y lo intentó sacar del vehículo. La mujer se opuso a ello, siendo entonces cuando forcejearon ambos, que presentaron sendas denuncias por estos hechos.

Debido al forcejeo, la mujer manifestó dolor en la mano y acudió al Hospital Valdecilla, sin que quedara acreditado "objetivamente" la existencia de lesión alguna.

La Sala considera que ni las declaraciones de ambas partes, ni del informe médico puede deducirse que el hombre causara lesiones a su ex mujer al retorcerle la mano, sino que el forcejeo fue "mutuo" y lo que pretendía cada uno era evitar que el otro se llevara al niño.

Además, de los partes hospitalarios "lo único que se deduce", según la Audiencia, es que la mujer "refirió dolores", pero "no se objetivó la existencia de ninguna lesión", ni hematomas, ni heridas, o cualquier otro signo del que pudiera deducirse que el hombre le retorció la muñeca.

Según la sentencia, lo más probable, "si es que hubo algo", es que, durante el forcejeo, la mujer se golpeara la mano contra alguna parte de su coche, al intentar evitar que el padre se llevara al niño, por lo que no se puede acusar a éste de un delito de violencia de género, ni siquiera en la modalidad de maltrato.

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