La AN absuelve a un etarra del asesinato de un policía

Ve "manifiestamente falaz" la declaración incriminatoria del etarra disidente Valentín Lasarte, que no está corroborada por ningún indicio
Carasatorre
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Carasatorre

La Audiencia Nacional ha absuelto al etarra Juan Ramón Carasatorre Aldaz al no hallar pruebas de que participase en el asesinato del policía municipal de San Sebastián Alfonso Morcillo en 1994 y considerar insuficiente y "manifiestamente falaz" la declaración del disidente de ETA Valentín Lasarte, quien le incriminó en estos hechos.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal, presidida por el magistrado Alfonso Guevara, ha destacado que no consta acreditado que Carasatorre, que se enfrentaba a una pena de 30 años de cárcel, formara parte del 'comando Donosti' que perpetró el crimen el 15 de diciembre de 1994 en el municipio guipuzcoano de Lasarte.

La sentencia, hecha pública este viernes, subraya que no existe ni un solo dato, prueba o indicio externo que corrobore la declaración incriminatoria que prestó Lasarte en sede policial. En ella, aseguró que el acusado, Francisco Javier García Gaztelu, 'Txapote', y él mismo integraban el comando que llevó a cabo el asesinato.

Pese al "detalle" y "minuciosidad" de la declaración, los magistrados la consideran "manifiestamente falaz" en algunos detalles significativos al observar contradicciones en aspectos tan importantes como el arma con la que se efectuó el atentado.

Las muestras de adn no eran las del acusado

La resolución, de la ha sido ponente la magistrada Clara Bayarri, argumenta además que no se encontraron huellas del acusado en el piso franco en el que residieron los tres miembros del comando ni tampoco en el vehículo en el que huyeron tras la acción terrorista.

Recuerda que los integrantes del 'comando Donosti' sufrieron un accidente de circulación tras cometer el asesinato y que, entonces, se refugiaron en una caravana a cuyos propietarios apuntaron a punta de pistola. A este respecto, los magistrados afirman que los dueños del vehículo no reconocieron a Carasatorre y que las muestras de la sangre halladas en la caravana no se correspondían con las del inculpado.

La Sala destaca que las huellas extraídas en una taza de desayuno en un bar próximo al lugar del atentado tampoco se correspondían con las de Carasatorre. El tribunal dice desconocer si existía "algún tipo de enemistad" entre Lasarte y el acusado, pero concluye que no existe ni un sólo testimonio ni vestigio que pruebe su participación en el atentado.

Así, considera probado que García Gaztelu, Lasarte y una tercera persona dispararon a bocajarro a la altura de la sien al agente Morcillo cuando éste salía de su domicilio a primera hora de la mañana. El policía murió como consecuencia de las heridas una hora después en el Hospital Nuestra Señora de Aránzazu.

La pistola utilizada en este atentado fue hallada por la Guardia Civil el 17 de agosto de 1995 cuando los tres miembros del 'Donosti' intentaban escapar tras colocar un artefacto explosivo en el cuartel de Arnedo (La Rioja).

Carasatorre Aldaz fue condenado en julio pasado a 30 años de cárcel por el asesinato del concejal del PP en San Sebastián Gregorio Ordóñez, que tuvo lugar en la capital donostiarra el 23 de enero de 1995.

Se trata de la segunda absolución dada a conocer este viernes por la Audiencia Nacional después de la dictada a favor de la etarra María Jesús Arriaga del asesinato en 1985 del general Juan Atarés Peña, al no aportar la Fiscalía el acta de entrada y registro de una vivienda de Pamplona en la que, según la Guardia Civil, se ocultaban los miembros del 'comando' que llevaron a cabo esta acción y en la que se encontraron tres pistolas y una metralleta.

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