Modifica el Decreto de la Comisión de Tutelas y Defensa Judicial de Incapacitados

La portavoz del Consell, Lola Johnson, ha informado de la aprobación del proyecto de decreto por el que se modifica el decreto 192/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación de la Comisión de Tutelas y Defensa Judicial de Incapacitados.
La Portavoz Del Consell En Rueda De Prensa
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EUROPA PRESS
La Portavoz Del Consell En Rueda De Prensa

La portavoz del Consell, Lola Johnson, ha informado de la aprobación del proyecto de decreto por el que se modifica el decreto 192/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación de la Comisión de Tutelas y Defensa Judicial de Incapacitados.

Johnson, tras el pleno del Consell, ha explicado que el objeto de esta modificación es, por una parte, sustituir el término 'incapacitados' en el título de la norma, de manera que queda redactado del siguiente modo: "Decreto 192/1998, de 30 de noviembre, del Consell, de Ordenación de la Comisión Valenciana de Tutelas y Defensa Judicial de Personas Mayores con Facultades y Capacidad limitada".

Esta modificación responde al "paulatino cambio del perfil" de las personas incapacitadas por los órganos jurisdiccionales, que ya no son mayoritaria o exclusivamente personas de edad avanzada con demencia senil, alzheimer o con discapacidad intelectual profunda, que se encuentran atendidos desde hace años en residencias y centros adecuados.

Por el contrario, ha añadido, existe una "notable rebaja" de edad como consecuencia fundamental del trastorno grave persistente o enfermedad mental crónica en las personas cuya protección se asigna.

Todo ello obliga, de un modo paralelo, a tutores y entidades tutoras a modificar la concepción de los cargos tutelares, prestar servicios de apoyo y de proximidad, para acomodarse a la diversidad de las personas y atender sus necesidades, entre las que no se debe "renunciar ni minusvalorar" la recuperación de la capacidad, en su caso.

Asimismo, se modifican los artículos 1, 2, 3, 4, 6 y 8, que afectan a las competencias de la Comisión, ampliando las funciones de la misma, y se realiza una adecuación de la composición y estructura organizativa, del funcionamiento y asunción de los cargos titulares, y de su coordinación y seguimiento, en materia de atención a personas con discapacidad.

Así, ha apuntado que la Generalitat, cuando es designada en ausencia de otros miembros familiares, como persona jurídica idónea para el ejercicio de la función tutelar, debe velar porque las personas con limitación de sus facultades o carentes de capacidad, por resolución judicial, reciban la misma o mayor protección y la asistencia necesaria, para que gocen de sus derechos plenamente.

TERRITORIO

Por otro lado, el pleno del Consell ha aprobado el Reglamento de Órganos Territoriales, de Evaluación Ambiental y Urbanísticos de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

El Decreto del Gobierno Valenciano regula, entre otras materias, las competencias y atribuciones de las Comisiones Territoriales de Urbanismo, entre las que figura la aprobación definitiva de las iniciativas urbanísticas que presenten los municipios (planes generales, planes parciales, planes especiales, entre otros), así como emitir dictámenes en materia urbanística que se sometan a su consideración.

El Reglamento incluye como novedad en el organigrama de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente la creación de la Comisión de Evaluación Ambiental, con competencias para adoptar acuerdos y emitir informes ambientales sobre los proyectos urbanísticos presentados en la Conselleria. Con la creación de la Comisión de Evaluación Ambiental se pretende agilizar al máximo el proceso de tramitación de los Planes Generales.

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