El TSJIB avala que se exija el catalán en la Administración ya que lo contrario sería "retroceder en su normalización"

Considera este requerimiento "plenamente constitucional" y apunta al "deber de fomento de la lengua propia de los poderes públicos"

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha declarado conforme a derecho el Decreto aprobado por el Govern en 2008 que regula la exigencia de conocimientos del catalán en el acceso a la función pública, al considerar este requerimiento "plenamente constitucional" y aseverar que su eliminación supondría "un retroceso natural del proceso de normalización lingüística en que nos encontramos".

Así lo expone el tribunal en una contundente sentencia que, a lo largo de 34 páginas, rechaza uno a uno los argumentos que esgrimió el sindicato USO en el recurso que interpuso contra el Decreto 114/2008, de 17 de octubre, y en el que la entidad demandante alegaba la exigencia de estos conocimientos "quiebra el principio constitucional de igualdad" y pedía además que el Ejecutivo balear adecuase la normativa a los preceptos del Estatut d'Autonomia.

Sin embargo, en su resolución, la Sala asevera de forma tajante que la lengua catalana, "como todos saben, es el idioma propio de Baleares, de todos sus ciudadanos y entidades", por lo que "resulta plenamente constitucional que se exija su conocimiento para acceder y promocionar en el ámbito de la función y empleo público de la Comunidad Autónoma".

Así, manifiesta que el requerimiento no puede considerarse "como una disposición desfavorable ni restrictiva de derechos individuales", como defiende USO en su recurso, sino que "anuda al desarrollo de la previsión constitucional del artículo 3" de la Carta Magna así como "a la efectividad de los preceptos del Estatut reguladores del derecho de los ciudadanos de usar la lengua catalana y del deber de conservación, igualación y fomento de la lengua propia de los poderes públicos".

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