CSICA aconseja a los empleados de Liberbank que no firmen los nuevos contratos al creer "ilegales" algunos términos

El Sindicato Independiente de Cajas y Afines (CSICA) ha recomendado este martes a los empleados del banco Liberbank, constituido por Caja Cantabria, Caja Astur y Caja Extremadura, que no firmen los nuevos contratos por considerar "ilegales" algunos de sus términos.

El Sindicato Independiente de Cajas y Afines (CSICA) ha recomendado este martes a los empleados del banco Liberbank, constituido por Caja Cantabria, Caja Astur y Caja Extremadura, que no firmen los nuevos contratos por considerar "ilegales" algunos de sus términos.

En una nota de prensa, el secretario general de la sección sindical CSICA en Caja Extremadura, Miguel Ángel Castellano, ha aconsejado a los trabajadores que, si finalmente lo firman, deberían añadir, junto a ésta, una cláusula o nota que añada "salvo ilegalidad de algunas cláusulas" o "salvo pérdida de derechos".

Según ha explicado el sindicato ha efectuado esta recomendación tras consultar el departamento jurídico de la organización, que ha advertido de la existencias de "varios conceptos que pueden afectar a algunos derechos de los empleados", entre ellos el reconocimiento a la antigüedad o las excedencias.

Además, ha añadido que la jurisprudencia establece que no se puede imponer a un trabajador el cambio de empresario salvo por sucesión de empresa, un hecho que —dice— "no se ha producido".

Al respecto, ha explicado que la jurisprudencia denomina "circulación entre empresas dentro del mismo grupo (cuando las empresas reconocen de forma expresa que ambas sociedades forman un grupo a efectos laborales, con responsabilidad solidaria), por lo que el trabajador "debería conservar su vínculo laboral con la empresa de origen".

En cuanto al reconocimiento de antigüedad, el sindicato ha considerado que "no se garantizan los efectos indemnizatorios", puesto que si hay un despido indemnizado, Hacienda "sólo" reconoce la exención fiscal por la indemnización devengada en el último contrato debido a que el cambio de empresa no ha obedecido a una sucesión.

Además, CSICA ha recordado que, ante la Demanda de Conflicto Colectivo contra los traslados presentada por el sindicato, estos contratos y la movilidad, a fecha de hoy, "están ligados al resultado del fallo".

Entre otros aspectos, ha añadido también que el contrato no define el horario a cumplir en Banco CCM o en Liberbank y tampoco indica el centro de trabajo al que deberá acudir el trabajador, pese a que el Estatuto de los Trabajadores exige que en los contratos a tiempo parcial debe regularse el horario.

Por este motivo, el sindicato ha alertado de que existen "numerosos interrogantes" sobre estos contratos ya que, a su juicio, el trabajador puede acabar teniendo "muy diferentes derechos en una y otra empresa", lo que, a su juicio, en algún momento pueden dar lugar a situaciones conflictivas.

Además, ha opinado que hay determinados puntos que "no quedan claros" como la aportación al fondo de pensiones y otras relativas a las vacaciones o las excedencias.

Por otra parte, ha resaltado que en el modelo de contrato, y en el anterior, "no se menciona" el convenio colectivo que se aplica, por lo que —ha dicho— "entiende que es el de las cajas".

Ante esta situación el sindicato considera que existe materia para interponer nuevo Conflicto Colectivo.

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