Un Juzgado falla por primera vez a favor de una pareja que demandó a un banco por la colocación de un producto tóxico

El Juzgado de Primera Instancia número 23 de Palma ha fallado, por primera vez en Baleares, a favor de una pareja que demandó al Banco Popular por la colocación "defectuosa" de una permuta financiera, un producto tóxico que recibe el nombre de IRS o swap, según queda reflejado en la sentencia que ha dado a conocer este viernes la Asociación de Consumidores de las Islas Baleares (Acuib).

El Juzgado de Primera Instancia número 23 de Palma ha fallado, por primera vez en Baleares, a favor de una pareja que demandó al Banco Popular por la colocación "defectuosa" de una permuta financiera, un producto tóxico que recibe el nombre de IRS o swap, según queda reflejado en la sentencia que ha dado a conocer este viernes la Asociación de Consumidores de las Islas Baleares (Acuib).

El swap es un producto financiero que los bancos venden a sus clientes como un seguro que los protegerá contra las subidas de los tipos de interés pero que, si estos valores bajan, los hipotecados deberán abonar la diferencia. De esta manera, el banco también se protege de las bajadas de los tipos y se asegura de percibir durante todos los meses la misma o más cantidad de dinero.

Tal y como ha explicado uno de los demandantes, Óscar Izquierdo, "salí del banco muy contento porque, a parte de poder pagar la casa, la entidad me iba a proteger de las subidas de los tipos". La firma del contrato se produjo el mismo día que los tipos de interés estaban registrando máximos históricos y, según se establece en la sentencia emitida por el tribunal, el Banco Popular, al igual que el resto de entidades bancarias, "no confiaba en una subida del euribor y contaban con su probable descenso".

De esta manera, como se desprende de la sentencia, el Popular colocó este producto para protegerse de la inminente bajada de los tipos de interés y no ofreció esta información a sus clientes. De hecho, un año después de la firma del contrato, los tipos de interés pasaron de rozar el 6% a estar ligeramente por encima del 1%. A pesar de ello, la pareja estaba obligada por el contrato swap a abonar la diferencia y a pagar una hipoteca que, conjuntamente con la cláusula suelo del 3,5%, tenía unos intereses de más del 6,5%.

El presidente de Acuib y abogado defensor de la pareja en el proceso judicial, Carlos Hernández, ha calificado la colocación de estos productos de "elementos letales para las economías familiares y empresariales". Según el presidente de los consumidores, "se trata de productos que se comercializaron de manera engañosa, tanto por la forma de colocarlos como por la forma de redactarlos; la finalidad es esclavizar al cliente a un tipo de interés".

Asimismo, Hernández ha animado a los clientes a los que se les hayan hecho firmar este tipo de contratos, quienes cifra en miles, a "luchar contra los bancos porque están solos y la administración no dará ningún paso a favor de los afectados". De hecho, Hernández ha criticado al Banco de España (BE) por cambiar su criterio respecto a esta problemática.

Así, en un primer momento, el BE emitió resoluciones a favor de los clientes afectados por este tipo de productos pero al ver que cada vez eran más los afectados, la institución cambió su postura hacia una que beneficiara a las entidades financieras. El presidente de Acuib ha explicado este cambio de postura como una intención "de los dirigentes del Banco de buscar un retiro dorado en entidades privadas".

De esta manera, Hernández ha asegurado que ya son "más de 300 las sentencias en todo el Estado" que han fallado a favor de los clientes perjudicados por la colocación de estos productos tóxicos.

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