El INEM retira el subsidio de desempleo a los prejubilados de Mercasevilla afectados por la última sentencia

El fallo no es firme y declara que los contratos de préstamo de la sociedad mixta deben ser computados como rentas incompatibles
Colectivo De Prejubilados De Mercasevilla.
Colectivo De Prejubilados De Mercasevilla.
EUROPA PRESS
Colectivo De Prejubilados De Mercasevilla.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), antaño Instituto Nacional de Empleo (INEM), ha notificado durante el mes de agosto la retirada del subsidio de desempleo a los 16 prejubilados del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, afectados por la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número cuatro sobre los contratos de préstamo de los que goza este colectivo para percibir sus nóminas. Estos contratos de préstamo, librados por Mercasevilla al haberse desligado la Consejería de Empleo de la financiación del expediente de regulación de empleo (ERE) mediante el que fueron consumadas estas prejubilaciones, son "rentas" incompatibles con el subsidio de desempleo según la mencionada sentencia, fallada en favor de los intereses del antiguo INEM.

El presidente del comité de empresa de Mercasevilla, Rafael Domínguez (CCOO), ha informado a Europa Press de que, progresivamente y a lo largo del pasado mes, el antiguo INEM ha ido notificando la retirada del subsidio de desempleo a cada uno de los 16 prejubilados del ERE promovido en 2007 por el mercado central afectados por esta sentencia. El comité de empresa, de su lado, ha formulado un anuncio de recurso contra dicho fallo. Domínguez ha informado, además, de que en función de este fallo y la retirada del subsidio de desempleo, la Seguridad Social está "renegociando" con los afectados el "convenio especial" al que estaban adheridos, lo que se traduce en la "duplicación" de la cuota correspondiente a dicho convenio.

El inem y los prejubilados.

El ere de 2007

Como se había informado, el INEM había computado finalmente como "ingresos de renta" los contratos de préstamo librados por Mercasevilla en favor del colectivo de prejubilados del ERE de 2007, para cubrir las cuantías que habrían de percibir merced a sus prejubilaciones. Y es que la negativa de la Consejería de Empleo a participar en la financiación del procedimiento mantiene paralizados estos pagos.

A tal efecto, el INEM reclamaba mediante una demanda las cuantías percibidas por 18 de estos prejubilados en concepto de subsidio de desempleo, aunque finalmente retiró su demanda sobre dos de estos prejubilados. La vista oral correspondiente a esta demanda, de hecho, fue celebrada el pasado 24 de junio, cuando la representación jurídica de estos extrabajadores de Mercasevilla defendió que el ERE de 2007 nació como una "continuación" del expediente de regulación de empleo de 2003. El procedimiento de 2003, cabe precisarlo, apuntaba a la Ley 45/2002 de reforma del sistema de protección por desempleo, que no computaba como rentas incompatibles con el subsidio de desempleo las indemnizaciones correspondientes a expedientes de regulación de empleo "ni las prestaciones públicas derivadas de dicho expediente".

Sentencia a favor del inem

Pero según una sentencia emitida el 26 de julio por el Juzgado de lo social número cuatro y recogida por Europa Press, la demanda del INEM fue "estimada" y la citada instancia judicial ordenaba "dejar sin efecto las resoluciones por las que se aprobaba la prestación por desempleo a nivel asistencial", para cada uno de los 16 prejubilados demandados.

Y es que, según argumenta el juzgado en esta sentencia, las cuantías percibidas por estos prejubilados gracias a los contratos de préstamo se atienen al artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social, que califica como renta computable "cualquier bien, derecho o rendimiento derivado del trabajo" y que somete la prestación por desempleo a nivel asistencial a la carencia de rentas superiores al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional. "Estas cantidades abonadas deben ser consideradas como rentas y debe prosperar la demanda", zanja la sentencia.

El ere de 2007

En concreto, el expediente de regulación de empleo impulsado en 2007 por el mercado central de abastos de Sevilla, cuyo coste se eleva a 9.046.976,95 euros, fue aprovechado por aproximadamente 40 empleados para acceder a la prejubilación. No obstante, sus indemnizaciones han quedado en el aire al desligarse la Consejería de Empleo de la financiación de este procedimiento actualmente sometido a investigación. Para ser más precisos, la investigación del ERE de 2007 está incluida en las diligencias relativas al posible delito societario perpetrado, siempre supuestamente, por los exdirectivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce, imputados tanto en estas actuaciones como en el presunto intento de cobro de comisiones ilegales y las posibles irregularidades de la enajenación de los suelos del mercado.

Y es que aunque el por entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Francisco Javier Guerrero, había firmado entre 2007 y 2008 varios documentos mostrando la "conformidad" de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en cuanto al libramiento de fondos para las prejubilaciones de varios trabajadores de Mercasevilla acogidos al ERE de 2007, el vigente director general de Trabajo y Seguridad Social, Daniel Rivera, advierte en un documento oficial de que estos actos firmados por Guerrero, fueron "meros actos de comunicación huérfanos del sustento de cualquier resolución o convenio".

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