La Audiencia de Barcelona suspende la ejecución de la condena impuesta al consejero delegado del Santander Alfredo Saénz

La Audiencia Provincial de Barcelona ha suspendido la ejecución de la sentencia que condenó al consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Saénz, a tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de acusación falsa formulada contra unos acreedores de Banesto cuando era presidente de dicha entidad en 1994, según el auto dictado el pasado 2 de septiembre.
Alfredo Sáenz
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La Audiencia Provincial de Barcelona ha suspendido la ejecución de la sentencia que condenó al consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Saénz, a tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de acusación falsa formulada contra unos acreedores de Banesto cuando era presidente de dicha entidad en 1994, según el auto dictado el pasado 2 de septiembre.

El tribunal atiende así a la petición formulada por el ejecutivo de la entidad cántabra y de los otros tres condenados, a la espera de que el Tribunal Constitucional resuelva los recursos de amparo y que el Ministerio de Justicia se pronuncie sobre la petición de indulto.

La Sección de la Audiencia Provincial de Barcelona suspende también la ejecución de la condena impuesta a Miguel Ángel Calama, antiguo director de Banesto en Cataluña, y al abogado Rafael Jiménez de Parga.

El auto "procede a acordar para los tres condenados la suspensión de las penas privativas de libertad y accesorias que los fueron impuestas" y justifica la decisión en que "las penas impuestas son de corta duración, y de acordarse su inmediata ejecución podría resultar ilusoria una hipotética concesión de la gracia de indulto".

Por otro lado, el tribunal rechaza la solicitud de no inscribir la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo en el Registro Central de Penados y Rebeldes para evitar que figuren antecedentes penales, que dificultaría a Sáenz continuar al frente de Banco Santander. Esta decisión dependerá del Banco de España.

El auto explica que "no existe base legal" para que el fallo no quede inscrito y que al tribunal "no le corresponde" examinar si el "requisito de la honorabilidad desaparece, puede subsistir o queda pendiente de valoración hasta que se resuelva el indulto". El Gobierno tiene un plazo de un año para pronunciarse sobre el indulto, solicitado el pasado mes de marzo.

Saénz llegó a la presidencia de Banesto a principios de 1994, después de que la entidad fuera intervenida en diciembre de 2003 por el Banco de España, y emprendió una estrategia de recuperación de créditos impagado con el objetivo de sanear la entidad.

Esta situación condujo al banco a presentar una querella contra los accionistas del grupo Harry Walker Pedro Olabarría, los hermanos Fernando y José Ignacio Romero García y Modesto González, por el impago de una deuda al banco de más de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros). Los tres fueron encarcelados por el juez Luis Pascual Estevill, que posteriormente fue condenado por prevaricación y detención ilegal.

El Supremo concluyó que Sáenz "conocía" la existencia de la querella falsa y que aunque como presidente del banco "no controla ordinariamente todas las querellas que se presentan en nombre de aquélla", pero si llega a su conocimiento "como ocurre en este caso", "no puede refugiarse en la inacción y salvar al mismo tiempo su responsabilidad por los hechos cometidos".

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