La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 120 euros como autor de una falta de injurias, después de que insultara a una vecina a la salida de su domicilio.
La sentencia del tribunal confirma la pena impuesta en su día por el juzgado de Instrucción número 1 de Massamagrell (Valencia), que consideraba probado que el 27 de julio de 2010 el procesado se dirigió a su vecina cuando ésta se disponía a salir de su domicilio, ya en plena calle, y le profirió insultos como "guarra" y "puta", al tiempo que la acusó de acostarse con su cuñado y descalificó también a su marido.
El fallo condenaba al procesado a una pena de 20 días de multa con una cuota diaria de 6 euros y fue recurrido por la defensa, al considerar que se había producido un error en la valoración de la prueba, un extremo que ha sido desestimado por la Audiencia.
Para el tribunal, el recurrente formula unas alegaciones "absolutamente interesadas" para que se modifique esa valoración de la prueba por otra en la que se diga que éste, "lejos de regalar a las denunciante con la sarta de descalificaciones, soeces e injurias, nada hizo".
En este sentido, recuerda que la juez cumplió en su sentencia "más que con exceso" el deber de motivar su fallo y repasa todo aquello que manifestaron los testigos "sin que el recurrente acudiese a juicio a ofrecer su versión de descargo, sin duda por no tener ninguna".
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