Un total de ocho de los 23 absueltos por el asalto al Rectorado estudian exigir indemnizaciones a la US

Un total de ocho de los 23 acusados de participar en el asalto al Rectorado de la Universidad de Sevilla en febrero de 2002 que han sido finalmente absueltos al entender el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla que "no existen prueba de cargo incriminatorio suficiente" estudian exigir "responsabilidades patrimoniales" a la Universidad de Sevilla.

Un total de ocho de los 23 acusados de participar en el asalto al Rectorado de la Universidad de Sevilla en febrero de 2002 que han sido finalmente absueltos al entender el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla que "no existen prueba de cargo incriminatorio suficiente" estudian exigir "responsabilidades patrimoniales" a la Universidad de Sevilla.

Así lo ha confirmado a Europa Press el abogado Luis de los Santos, cuyos cinco universitarios representados, más tres a los que defiende el también abogado Luis Castilla, analizarán en septiembre —una que les notifiquen formalmente la sentencia— la posibilidad de exigir estas indemnizaciones económicas a la Universidad de Sevilla por los "daños" causados desde que fueron expulsados de la academia.

De los Santos ha señalado que, pese a que la sentencia ha sido absolutoria, "lo cierto es que muchos de ellos ya tuvieron en su día la condena administrativa de expulsión de la Universidad y que también muchos están sufriendo ahora las consecuencias". Es el caso, según ha ejemplificado, de dos estudiantes que tuvieron que dejar sus estudios cursando el quinto curso de una licenciatura y que ahora que han retomado los estudios "tiene que hacer dos cursos más".

"Todo esto, evidentemente, hay que valorarlo desde el punto de vista económico y estudiar la posibilidad de presentar una reclamación patrimonial a la Universidad por los daños sufridos estos años", ha sentenciado.

Cabe recordar que el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla ha absuelto a estos 23 acusados de participar en el asalto al Rectorado por no "existir prueba de cargo incriminatorio suficiente", ya que "se desconoce" si el material utilizado en el reconocimiento e identificación en ruedas de fotografías de los acusados "es original o copia o si fue o no manipulado". Además, se señala en la sentencia que "no cabe duda de que la concurrencia de violencia tanto por el ejercicio de actos materiales susceptibles de causar daño, el empleo de palanquetas para forzar la apertura de las puertas, como de causar lesiones, hubo acometimiento hacia los vigilantes de seguridad que trataban de impedir el paso, circunstancias reprochables sin duda alguna desde el punto de vista penal, pero la constatación de tales hechos no permite por sí misma la condena de los hoy acusados, al no contar con elementos de juicio suficientes que acrediten la participación de los mismos en tales hechos delictivos".

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