Ararteko pide que no se suspenda el subsidio de desempleo a perceptores de ayudas sociales

El Ararteko (Defensor del Pueblo Vasco) ha pedido al Gobierno autonómico que plantee al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) que las ayudas autonómicas como la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) dejen de ser computables para la concesión del subsidio por desempleo, ya que la suspensión de esta prestación a quienes preciben las citadas, ayudas genera una "grave injusticia material".
El Ararteko Iñigo Lamarca (En El Centro).
El Ararteko Iñigo Lamarca (En El Centro).
EUROPA PRESS
El Ararteko Iñigo Lamarca (En El Centro).

El Ararteko (Defensor del Pueblo Vasco) ha pedido al Gobierno autonómico que plantee al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) que las ayudas autonómicas como la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) dejen de ser computables para la concesión del subsidio por desempleo, ya que la suspensión de esta prestación a quienes preciben las citadas, ayudas genera una "grave injusticia material".

El Defensor del Pueblo Vasco, en una recomendación general, manifiesta que el Ejecutivo autonómico "debería iniciar gestiones" ante el SPEE con el fin de que éste modifique su interpretación de la Ley General de la Seguridad Social.

Según señala el Ararteko, a partir de dicha interpretación, se considera que las prestaciones sociales de contenido económico de ámbito autonómico —RGI y Prestación Complementaria de Vivienda— "son computables para determinar el requisito de carencia de ingresos, exigible para la concesión del subsidio por desempleo", lo que "está generando situaciones de grave injusticia material".

En el supuesto de que la Administración del Estado mantenga la interpretación jurídica que se está realizando de la legislación aplicable, el Defensor del Pueblo de Euskadi considera que sería conveniente "que se estudie la posibilidad de que el Parlamento Vasco ejerza la iniciativa legislativa".

De esa forma, plantea la posibilidad de que la Cámara autonómica presente ante las Cortes Generales una proposición de ley "que adecue la legislación sobre la percepción del subsidio por desempleo a los fundamentos del Estado autonómico y a los criterios del Tribunal Constitucional, en el sentido de que la asistencia social no está vinculada únicamente a la Seguridad Social".

Mientras se mantiene este criterio interpretativo "restrictivo" y atendiendo a la función de información y asesoramiento a la ciudadanía de los servicios sociales, manifiesta que "sería deseable que cuando éstos sean conocedores de la tramitación, por parte del SPEE, del expediente de suspensión del subsidio por desempleo por las razones apuntadas, ejercieran dichas labores de información y asesoramiento".

Dichas labores, a su juicio, deberían contar con el apoyo técnico-jurídico del Gobierno vasco y de las diputaciones forales "si fuese necesario", con el fin de orientar y ayudar a las personas afectadas a preparar en su defensa en vía administrativa las alegaciones y reclamaciones previas a la vía judicial.

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