El Consejo Económico y Social rechaza la obligación de alcanzar la paridad en los Consejos de Administración de las empresas

El Consejo Económico y Social rechazó hoy la obligación de alcanzar una composición paritaria en los Consejos de Administración de las empresas que establece el anteproyecto de Ley de Igualdad, tras prosperar una enmienda presentada por la CEOE.

El Pleno de este órgano consultivo (CES) acordó por 24 votos a favor y 23 en contra la inclusión de esta propuesta de la patronal al dictamen de la iniciativa legislativa hoy aprobado.

Al término del Pleno, la

CEOE también anunció un
voto particular al dictamen, fundamentalmente porque se opone a la imposición de negociar dentro de la negociación colectiva las medidas y planes en favor de la igualdad entre hombres y mujeres.

Según explicó José Luis Lacave, de la CEOE, el anteproyecto salva o modula su aplicación en las administraciones públicas y en las fuerzas y cuerpos de seguridad, por tanto también "debe considerar que las empresas tienen regulado su funcionamiento por una normativa mercantil específica".

A su juicio, las empresas se rigen sobre todo por criterios de eficiencia e idoneidad equiparables a los de méritos y capacidad que rigen en la Administración General del Estado, y la exigencia de porcentajes o cuotas prefijadas "resulta incompatible con dichos criterios".

No puede prevalecer la consideración del sexo sobre el criterio de la capacidad y el interés específico de las empresas

Por tanto, "no puede prevalecer la consideración del sexo sobre el criterio de la capacidad y el interés general o el específico de competitividad de las empresas".

Anteproyecto

En el anteproyecto, aprobado en Consejo de Ministros el 3 de marzo, el Gobierno quiere lograr la paridad en cuatro años en los consejos de administración de las empresas.

Para ello, favorece en los contratos con la administración pública a las compañías que, con igualdad de ofertas, presenten mejores indicadores de igualdad.

Fernando Moreno, de la CEOE, rechazó que la ley "obligue a negociar materias concretas en la negociación colectiva" como las medidas de igualdad, lo que "quiebra la libre autonomía de trabajadores y empresarios consagrada en el artículo 37.1 de la Constitución".

Con ello, dijo, el anteproyecto modifica el marco jurídico de la negociación colectiva previsto en el Estatuto de los Trabajadores, que no se ha alterado, en sus principios básicos, en los últimos veinte años.

Las tesis de Moreno fueron rechazadas por la representante de CC OO, Eva Silván, quien argumentó que la obligación constitucional de conseguir la igualdad de hombres y mujeres en todas las esferas está por encima del principio de la libertad de autonomía de los empresarios.

Indicó asimismo que el anteproyecto "en absoluto está alterando" el Estatuto de los Trabajadores, dado que no exige la obtención de resultados sino solo a negociar medidas de igualdad.

El dictamen del CES valora el objetivo del texto de hacer efectivo el principio de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, así como el protagonismo de la negociación colectiva en la adopción de medidas de acción positiva.

Para asegurar la composición equilibrada de mujeres y hombres en las listas electorales (ningún sexo podrá tener menos del 40 por ciento) en municipios de más de 5.000 habitantes, el CES considera que debe reflexionarse sobre la "oportunidad de ese límite, habida cuenta de la alta proporción de población que habita en localidades de población inferior".

Además cree conveniente aclarar la posibilidad del disfrute del permiso de paternidad en aquellos supuestos en los que el nacimiento, adopción o acogimiento "se hubiera producido con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, pero en un momento temporal que aún permita el acceso a este permiso".

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