El SOIB se adscribe a Educación para "potenciar la formación" en las políticas activas de ocupación

El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) pasará a estar adscrito a la Conselleria de Educación y no a la de Trabajo como sucedía hasta ahora, a raíz de la modificación de la Ley de creación de este organismo autónomo que ha aprobado este viernes el Consell de Govern.

El Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) pasará a estar adscrito a la Conselleria de Educación y no a la de Trabajo como sucedía hasta ahora, a raíz de la modificación de la Ley de creación de este organismo autónomo que ha aprobado este viernes el Consell de Govern.

Tras la reunión del Consell de Govern, el portavoz, Rafael Bosch, ha explicado que el objetivo de este cambio de adscripción es que las políticas de fomento de la ocupación pongan "más el acento en la fase de formación", teniendo en cuenta la incidencia que tiene este elemento en la "mejora de las oportunidades de ocupación de las personas paradas y en la consecución de puestos de trabajo más bien remunerados".

Asimismo, ha indicado que el Ejecutivo ha considerado que la actual situación económica pide una "adaptación urgente" de las políticas de ocupación, entre las cuales se encuentra la formación profesional ocupacional, que afecta tanto a los jóvenes que se quieren incorporar al mercado laboral, como a aquellas personas que deben adecuar su perfil profesional para tener "mejores oportunidades, de cara a acceder a un puesto de trabajo".

Concretamente, ha detallado que la modificación que ha aprobado el Consell de Govern permite dar una nueva redacción al artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, mediante la cual el SOIB pasa a ser una entidad autónoma de cariz administrativo, dotada de personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar, adscrita a la Conselleria competente en materia de Educación.

De este modo, Bosch ha apuntado que como tal, su finalidad es la planificación, gestión y coordinación de las políticas activas de ocupación, con funciones concretas de información, orientación e intermediación en el mercado laboral, el fomento de la ocupación y el desarrollo de la formación profesional ocupacional.

Por otra parte, ha señalado que la vía utilizada por el Govern para modificar la Ley de creación del SOIB es el Decreto Ley, una facultad legislativa que el Estatuto de Autonomía otorga al Ejecutivo cuando concurren circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad.

En este caso concreto, ha subrayado que la urgencia viene evidenciada por la actual situación económica y del mercado laboral, con una incidencia clara en los sectores de la población que pueden requerir de acciones concretas en materia de ocupación, orientación y formación profesional ocupacional, dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso a un trabajo de las personas paradas, y la adaptación de la formación y recualificación para la ocupación de los trabajadores.

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