Un año de cárcel por golpear a otra persona que le impidió la entrada en un local donde tenía prohibido el acceso

La jueza ha condenado a un año de prisión a un hombre, Y.O., natural de Casablanca (Marruecos) y domiciliado en Logroño, por un delito de lesiones, al golpear a otra persona que le impidió la entrada en un local donde tenía prohibido el acceso. Debe indemnizar a la víctima con 7.676 euros.
Juzgados Logroño
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EUROPA PRESS
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La jueza ha condenado a un año de prisión a un hombre, Y.O., natural de Casablanca (Marruecos) y domiciliado en Logroño, por un delito de lesiones, al golpear a otra persona que le impidió la entrada en un local donde tenía prohibido el acceso. Debe indemnizar a la víctima con 7.676 euros.

Los hechos que recoge el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, se produjeron el 7 de septiembre de 2007, a las 00,10 horas, cuando el acusado accedió al local 'Level', sito en la calle Ciudad de Vitoria de Logroño, a pesar de haberle sido prohibida la entrada al mismo por el propietario del establecimiento días antes, a raíz de otro incidente.

Al verlo, el portero del local se dirigió al condenado para decirle que tenía la entrada prohibida, desencadenándose una discusión entre ambos, en el transcurso de la cual forcejearon y éste dio al portero un cabezazo en la parte más distal de la nariz, así como patadas y puñetazos por todo el cuerpo.

A consecuencia de la agresión la víctima sufrió roturas en piezas dentales y otros daños, de los que curó en cinco días.

Para la jueza, estos hechos constituyen un delito de lesiones por el que le impone un año de cárcel. Además deberá indemnizar a la víctima con 7.676 euros.

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