El TSJA confirma un auto con aviso de "multa personal" de 600 euros al alcalde de La Rinconada

El auto confirmado advierte de esta multa en caso de no ser "ejecutada inmediatamente" la sentencia del jefe de la Policía Local

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de apelación promovido por el Ayuntamiento de La Rinconada (Sevilla), gobernado por Javier Fernández (PSOE), contra un auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez requiriendo la ejecución de una sentencia que anulaba la designación del subinspector Miguel Ángel García como jefe del Cuerpo de Policía Local. Este auto, confirmado por el Alto tribunal andaluz, requiere "personalmente" al alcalde para que de "inmediata ejecución" a la sentencia en no más de diez días, advirtiendo de una multa coercitiva "personal" de 600 euros a reproducir "cada 20 días" hasta "la total ejecución de la sentencia".

Todo parte de una denuncia inicial promovida por la vía Contencioso Administrativa por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme), contra la designación del subinspector Miguel Ángel García como jefe del Cuerpo de Policía Local de La Rinconada, extremo finalmente anulado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez de Sevilla mediante una sentencia dictada el 27 de noviembre de 2008. Posteriormente, la organización sindical esgrimió un decreto de Alcaldía fechado el 13 de agosto de 2010 y en el que Miguel Ángel García figuraría aún como jefe del Cuerpo de Policía, aspecto que derivó en la apertura de unas diligencias previas incoadas por el Juzgado de Instrucción número 18 ante el supuesto incumplimiento de la primera sentencia inicial.

El alcalde declara como imputado

En febrero de 2011, de hecho, el alcalde de La Rinconada, Javier Fernández de los Ríos Torres (PSOE), prestaba declaración en calidad de imputado ante el Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla. Según su acta de declaración, recogida por Europa Press, el primer edil manifestaba que "no está de acuerdo" con que a fecha 13 de agosto de 2010 García ostentase la Jefatura de la Policía Local. El decreto de Alcaldía, según esgrimía el primer edil rinconero, "contiene varios errores" que no habrían sido apreciados "cabalmente" a la hora de su rúbrica a cuenta de los "numerosos" documentos que sanciona la Alcaldía al tratarse de un municipio de 40.000 habitantes.

Insistía así en su "voluntad" de dar cumplimiento a la sentencia que anulaba la designación de este subinspector como jefe de la Policía Local, pero al tiempo había reconocido que una vez consumada esta anulación, "alguien debe hacer las funciones, que no ostentar el cargo, como cabeza de la Policía Local", aspecto "al que se refiere el decreto" del que partían estas diligencias.

La vía contencioso administrativa

Paralelamente, pero en la jurisdicción Contencioso Administrativa, el Ayuntamiento de La Rinconada había formulado un recurso de apelación contra un auto emitido el 9 de noviembre de 2010 y relativo a la ejecutoriedad de la sentencia emitida el 27 de noviembre de 2008. El auto en cuestión requería "personalmente" al alcalde para que diese "inmediatamente ejecución" a la sentencia en un plazo no superior a diez días, advirtiendo de una multa coercitiva "personal" de 600 euros a reproducir "cada 20 días" hasta "la total ejecución de la sentencia" en el caso de no atenerse al auto.

Visto este recurso de apelación, la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha emitido una sentencia fechada el 19 de julio y recogida por Europa Press, declarando que "no hay lugar" al mencionado recurso de apelación y confirmando el ya descrito auto de fecha 9 de noviembre de 2010. Igualmente, el Alto tribunal andaluz impone las costas al Ayuntamiento de La Rinconada. El decreto de Alcaldía de fecha 13 de agosto de 2010 esgrimido por el Sppme, según el fallo del TSJA, "da la razón a la ejecutante".

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